Mira
aquí.
Normalmente esto da exactamente igual. Lo único que fijan los grupos de cotización son las cotizaciones máximas y mínimas. También fija si el sueldo es por mes o por día trabajado.
Un profesional de la informática que aunque tenga toda la responsabilidad del mundo no puede firmar proyectos colegiados (los informáticos no tienen colegio de todas formas), pues eso normalmente estará en el grupo 8 ó 9, como oficial de primera, segunda, tercera...
Te han puesto en el grupo 7 porque es el primer grupo que cotiza por meses de 30 días y no por días trabajados. Esto es una ventaja ya que cobras lo mismo (teóricamente) tenga los festivos que tenga un mes. Pluses de asistencia y transporte a parte, claro.
Es normal pensar que estaría mejor uno en un grupo de cotización superior, pero como verás en la página de la Seguridad Social sólo importa en las bases mínimas de cotización, es decir, un grupo 2 (ingenieros técnicos y peritos) tiene que cotizar como mínimo por 810 euros al mes. Y teniendo en cuenta que esos 810 euros se calculan teniendo en cuenta las pagas extras porrateadas pues la verdad es que seguro que los superas. Así que realmente no importa.
Sí importa la categoría profesional del contrato de trabajo que donde se fijan retribución, funciones, responsabilidades, etc... Si esta categoría es inferior a la que realizamos y cobramos según dicha categoría pues nos deberíamos quejar para obtener tanto el reconocimiento de nuestras funciones como el salario adecuado.
Pero esto no sucede con el grupo de cotización. Sólo establece mínimos y máximos, no fija nada más. Es más, lo normal es que estuvieses en el grupo 8. Y no es denigrante ni mucho menos. Si importara para algo podría serlo. Si te fijas en las cotizaciones máximas verás que son las mismas para todos, así que tampoco importa por ese lado. Lo que sí es importante es para facilitar las nóminas, si te pongo en el grupo 8 tengo que estar contando los días que trabajas y los que no, los festivos, etc para hacer el cálculo correcto. Si te pongo en el grupo 7 me facilito las tareas de realizar nóminas y en cómputo global anual el salario base no varía, y si varía es a tu favor ya que cobras lo mismo en diciembre, enero y el mes de la semana santa (nunca me acuerdo de cuándo cae) que están llenos de festivos, igual que en febrero que tiene 28 días e igual que en julio que suele tener 23 días laborables.
Vamos, que por tu titulación deberías estar en el 8. Y la responsabilidad no cuenta a menos que haga falta pertenecer a organismo colegiado.
De todas formas si diriges un equipo de trabajo y demás y me llegaras y me dijeras que te subiese de grupo de cotización te pondría directamente en el grupo 3. Y no notarías el cambio ya que no tiene reflejo ni en nómina ni en la jubilación ni en nada.
Si tienes alguna duda sobre dicho asunto pregunta a tu dpt de RRHH. Si no son unos inútiles les dará igual subirte el grupo de cotización. Yo siempre lo he subido. Incluso estuve en una fábrica que hice a todos jefe de taller porque se quejaban de que los administrativos tenían grupos de cotización más altos. Aunque cuando se dieron cuenta de que no se reflejaba en la nómina se quejaron, pero bueno. El derecho a quejarse lo tenemos siempre.
Haz cuentas, mírate bien lo que significa el grupo de cotización. Y si quieres que te lo reconozcan pide que te suban al 3. Aunque, no sé, siempre hay otras cosas que nos fastidian más. Y si tú crees que no te reconocen tu trabajo, pedir el cambio de grupo de cotización no hace que te lo reconozcan. La forma de que te lo reconozcan es que te cambien el salario, horario y las condiciones del contrato en general.