Partes de trabajo

En mi empresa, al finalizar la jornada tengo que rellenar un parte diario de trabajo especificando el trabajo realizado en el día. Dicho parte lo envío por e-mail a mis responsables directos. Hasta ahí, todo correcto.
Pero también me obligan dichos responsables a rellenar el parte de trabajo en mis días de vacaciones o días de asuntos propios, en definitiva en días que no hay que rellenar parte de trabajo porque no se ha asistido al mismo. He mostrado mi disconformidad a dicha "exigencia" porque no considero lógico tener que rellenar un parte de trabajo en vacaciones, por ejemplo, aunque sólo sea poner la fecha y especificar en dicho parte que es un día de vacaciones. Me dicen que es para mejor organización interna.
¿Puedo alegar alguna norma del Convenio, Estatuto de los trabajadores, etc o algo similar para no rellenar dicho parte en esos periodos libres?.

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Por lo que cuentas, la empresa no puede obligarte a rellenar partes de trabajo durante el tiempo que estés de baja o de vacaciones.
Lo que si puede pedirte es que tras tu incorporación, rellenes los partes correspondientes a esos días, basándose en la organización interna.
Pero según ese razonamiento, porqué no los domingos, ¿por ejemplo?.
Si no ha existido actividad profesional (bien por vacaciones, o días de libre disposición) imagino habrá alguna norma o ley donde esté contemplado...
Espero tu respuesta.
Efectivamente, también los domingos y cualquier otro día en que no trabajes.
Las relaciones laborales las regula el Estatuto de los trabajadores, y por supuesto no dice expresamente que cuando uno está de descanso no está obligado a trabajar, pues sería de perogruyo. Lo que sí regula el Estatuto es el derecho al descanso de los trabajadores y la jornada laboral máxima.
Por tanto, cuando un trabajador está de descanso (entiéndanse vacaciones, permiso o día de fiesta) no está trabajando. Si no estás trabajando no tienes que realizar actividad laboral alguna.

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