Días libres y vacaciones

Trabajo de camarero de lunes a domingo, y tengo un día libre por semana no fijo, el cual tiene que ser lunes, miércoles o jueves. Al ser un contrato temporal tan solo para verano, me dan un fin de semana de vacaciones, el cual es viernes, sábado y domingo, y me dicen que al ir de vacaciones no tengo derecho al día libre de la semana... Mi pregunta es: ¿Esto es así? ¿O debería de tener mi día libre independientemente de tener vacaciones?

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Todo trabajador tiene derecho a un descanso de 1,5 días de descanso ininterrumpido a la semana. En el caso de los menores de 18 años el descanso semanal no será de 1,5 días de descanso ininterrumpido a la semana, sino que éste será de 2 días ininterrumpidos.
La jornada máxima legal será de 40 horas semanales en cómputo anual.
La jornada máxima diaria será de 9 horas efectivas al día, salvo que por convenio colectivo o acuerdo entre trabajador y empresario se establezca una distribución de la jornada diaria diferente, siempre respetando el descanso de 12 horas entre jornada y jornada.
La jornada máxima diaria para los menores de 18 años será de 8 horas.
Los menores de 18 años no podrán realizar horas extraordinarias ni trabajos nocturnos.
Por cada seis horas de trabajo continuado, el trabajador tendrá derecho a un descanso mínimo de 15 minutos.
Los menores de 18 años que trabajen continuadamente más de 4 horas y media tendrán derecho a un descanso de 30 minut
Las vacaciones se definen como la interrupción periódica de carácter anual, dado que el trabajador por cada año de prestación de servicios tiene derecho a un periodo de descanso retribuido.
El tiempo de vacaciones será el pactado en convenio colectivo o contrato, sin que éste pueda ser inferior a 30 días naturales al año. Su compensación económica está prohibida.
Las vacaciones podrán fraccionarse en dos periodos iguales de 15 días.
La fecha para disfrutar las vacaciones se pactará entre el empresario y el trabajador.
Si después de conocer la fecha de vacaciones, el trabajador no estuvieses de acuerdo, tendrá 20 días para presentar su demanda en el Juzgado de lo Social.
Si no se hubiere señalado fecha para el disfrute de las vacaciones, el trabajador podrá presentar demanda con 2 meses de antelación a la fecha en la que pretenda disfrutar de sus vacaciones.
Este procedimiento será preferente y sumario y la sentencia será irrecurrible.
Gracias por la información, pero no me queda claro si tengo derecho a tener día libre esa semana o no, es decir, si tengo vacaciones viernes, sábado y domingo, ¿me corresponde también día libre de la semana? Gracias
Aquí el texto... hola de nuevo, vamos haber según el estatuto de los trabajadores el derecho al descanso de al menos un día y medio a la semana., es un derecho constitucional al que tienen derecho todos los trabajadores. Las reducciones de los descansos entre jornadas y semanales deberán ser compensadas mediante descansos alternativos, de duración no inferior a la reducción experimentada, a disfrutar dentro de los períodos regulados en cada sector, en la forma que se determine mediante acuerdo o pacto. No obstante, en los convenios colectivos se podrá autorizar que, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador afectado, la totalidad o parte de los descansos compensatorios pueda acumularse para su disfrute conjuntamente con las vacaciones anuales. Del mismo modo se podrán acumular las compensaciones contempladas para el medio día del descanso semanal. Por lo tanto el empresario tiene que respetar el derecho del trabajador al descanso que le corresponde a la semana a no ser que entre el trabajador y el empresario haya un acuerdo por las circunstancias del sector, de trabajar los días de la semana que le corresponderían trabajar pero que posteriormente le corresponderían disfrutar independientemente de los días que le corresponderán por vacaciones, así que si no tienes nada firmado al respecto con tu jefe le dices a tu jefe que los días de descanso semanales son independientes de los días de disfrute de las vacaciones y que son dos conceptos distintos a los que tu tienes derecho por lay, pero lo mejor que puedes hacer es consultar a un abogado laboralista, porque hay mucho abuso, por parte de algunos empresarios contra los derechos de los trabajadores, utilizando el manido, pretexto de la crisis económica..
Ok! Muchas gracias! Todo aclarado! Un saludo
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Respuesta
1

Me llamo lizandro quiero hace una pregunta si mi día libre es reconocido o me dercuenta

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