Camarero jornada especial
A trabajo a media jornada de jueves a domingo (lo pone expreso en mi contrato), 4h los jueves, viernes y domingos; y 8 los sábados. Quisiera saber si debo cobrar festividad o no, ya que yo cobro todos los días igual. Otra cuestión, la empresa va a cambiar los contratos, el que tengo es de obra y me van a hacer otro contrato a tiempo parcial de tres meses. Entiendo que debo percibir la liquidación del de fin de obra, ¿es así? Corríjame si estoy equivocado. La indemnización sería de 8 días por año trabajado más los días de vacaciones no disfrutados (es mi caso). Además me suelen cambiar los días en que trabajo habitualmente, sobre todo los que caen en festivos fuera de mi jornada y me los cambian por no ir a trabajar alguno del resto de los días, suele ser el jueves o viernes y no me pagan nada a mayores, eso supongo que no es legal. Soy camarerao de un hotel de cuatro estrellas. Convenio hostelería Valladolid.
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