Despido con contrato fijo discontinuo

Mi situación es la siguiente: Yo firmé un contrato fijo-discontinuo el 1 de abril de 2011 en una empresa de formación que pertenece al sindicato de UGT, el 9 de agosto acabó mi actividad con la empresa, y mi periodo de inactividad ha sido desde el 10 de Agosto hasta el 11 de sept, día 12 de sept debía incorporarme al trabajo, pero me han llamado a mí y a otras 5 compañeras más para decirnos que al final no hay trabajo en sept, que los planes de formación estatales que debían salir ahora están bloqueados por temas políticos, y que no hay dinero, por lo que los han bloqueado.
Me gustaría saber por favor en caso de que se confirmara que no hay trabajo ahora en sept, ¿qué deberíamos obtener por parte de la empresa?, ¿Nos deberían de hacer una finalización de contrato por incumplimiento del mismo?, ¿Pagarnos, finiquito por despido con la correspondiente indemnización?,
En mi caso, que estoy embarazada de 6 meses, ¿también pueden despedirme sin problema pues el despido no ha sido por mi embarazo que lo aceptaron sin problema, sino por falta de trabajo en la empresa o podría solicitar la nulidad del despido por estar embarazada aunque las causas del despido sean por motivos económicos?
Yo no solicité la prestación por desempleo en el mes de agosto cuando nos fuimos al paro al echarnos la empresa en ese mes, pero ahora si finaliza nuestro contrato fijo discontinuo por falta de trabajo, ¿puedo solicitarlo, tengo 15 días hábiles para poder pedirlo? Si fuera así, ¿cobraría el paro, y luego se interrumpiría para cobrar la baja por maternidad por parte del INSS? Ya que el 10 de diciembre está prevista mi fecha de parto, y estaría de baja por maternidad, ¿o no tendría derecho a cobrar la baja maternal por el INSS al no estar ya trabajando para la empresa, y por tanto, no estar cotizando por mí?.
Muchas Gracias de antemano. Sé que son muchas preguntas pero la verdad agradecería que me las respondiera todas, ya que estoy en una situación crítica al estar embarazada y quedarme sin trabajo ahora.

1 Respuesta

Respuesta
1
Tengo que aconsejar contra una empresa de nuestro sindicato, bueno, es un poco compleja tu situación, y entiendo que lo mejor es que acudas a un asesor o a un sindicato (en ugt habemos gente buena), pero yo te puedo comentar que si incumplen el contrato obviamente tendrán que avisaros por escrito, e indemnizaros claro, pero que si estas desempleada en el momento del parto creo que te las quitan del paro (pero no estoy seguro). Por otro lado una vez sea oficial el despido, bien por la empresa o por el juzgado, entonces podrás solicitar el paro.
Gracias por tu interés!
Ya me he asesorado y parece que como bien dices una vez sea el despido definitivo me darán una carta de despido que será objetivo debido a que los motivos son económicos y obviamente la liquidación de 20 días. Con el certificado de empresa por incumplimiento de contrato y la carta de despido podré solicitar la prestación por desempleo y una vez haya dado a luz podré sustituir el paro por la prestación de maternidad por parte del INSS.
Gracias
Un saludo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas