¿Qué acciones legales puedo tomar contra un vecino que pone la música con el volumen muy alto?

No se si este sea tu ramo, pero tal vez me puedes orientar de lo que podría hacer. Enfrente de mi casa hay un señor que pone la música fuerte en la calle y en su casa y también se pone a tomar con otros vecinos o personas. Desde que el llego a la cuadra cambio todo antes era más tranquilo espero me entiendas.
Y ya nos tiene bombos por la música como te dije hay varios vecinos que se juntan con el a tomar y lo apoyan, pero hay otros que no se juntan con el, nosotros (mi papa) es el único de los que están en contra de ese señor que lo ha denunciado a la policía, cuando tiene la música y esta tomando, pero el tiene amigos policías, vienen a veces con el, así que cuando le habla a la policía y a veces que viene un amigo de el, no les dice nada, solamente que venga otro policía que no lo conozca le para el alto.
El ya tiene que se cambio aquí a la cuadra como 3 años y mi papa lo ha denunciado muchas veces.
Hay un vecino enseguida de nosotros que se pone a discutir con el, el ya es un señor grande y no puede con el.
Con nosotros también vive mi tío y el señor ese que te digo que se pone a discutir con el selor de la música le ha dicho a mi tío y ami papa que se junten para ver que pueden hacer, pero mi papa como que no quiere.
Mi tío es el que esta llevando como te diré, como investigando, el se informo que en otra parte donde vivía el señor de la música lo corrieron por lo mismo por desmadroso.
Y parece que se van a juntar varios vecinos para juntar firmas.
Cuantas firmas tienen que juntar, o cuantos tienen que estar en contra para ir con el juez para presentar la denuncia.?
¿Ha dónde tenemos que llevar la denuncia?

2 Respuestas

Respuesta
1
Podemos estar ante dos supuestos;
1) Si el causante de las molestias, por ruidos, es el arrendatario de la vivienda, deberías dirigir escritos a la propietaria de la vivienda, indicándole la frecuencia y las molestias por ruidos, que causa el vecino, firmando dicha carta, todos aquellos vecinos que estén de acuerdo e instándole, a que, ponga inmediatamente en conocimiento dicha causa, al arrendatario, para que deponga su actitud, y en caso contrario, que lo expulse de la vivienda, conforme al artículo 27. 2. De la LAU de 24 de noviembre de 1994,
Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
e) Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
2) En caso que fuera propietario de la vivienda o que el propietario de la vivienda, no atendiera al requerimiento anterior, penalmente no está contemplado ningún delito ni falta, según lo que has comentado, es decir por las molestias o por los ruidos procedentes del vecino, por lo que cualquier denuncia en sede penal será inmediatamente archivada, sólo quedan dos vías abiertas, podrías acudir a la vía civil, invocando la vulneración de un derecho fundamental, cual es, el derecho a la intimidad, a la paz social del domicilio particular, o directamente, reclamar daños y perjuicios que hubiera provocado estas molestias, cuantificándolos económicamente, teniendo en cuenta, las horas de sueño perturbadas, los medios dispuestos en su caso, para evitar que el sonido penetre en las viviendas y cualesquiera otra que se pudieran cuantificar económicamente, es una vía que actualmente se ejercita raramente, pero si efectivamente, los perjuicios se pueden evaluar económicamente, sería aconsejable, y en último caso, la vía administrativa, cual es, por el medio de la autoridad policial y del Ayuntamiento, para que envíen un inspector o técnico del Ayuntamiento, que compruebe los decibelios emitidos por aquella vivienda y si son superiores a los permitidos, se le impondrá una multa y si reitera su actitud, la multa será económicamente excesiva y directamente, le embargarán las cantidades adeudadas, esta solicitud al Ayuntamiento, se puede hacer mediante la formulación de una queja formal, un escrito que facilitará en el mismo Ayuntamiento, ya que según dices, la autoridad policial, no da cuenta al Ayuntamiento.
Pero incluso antes de hacer todo esto, le expondría todas las razones a la persona que perturba la paz, para evitar conflictos judiciales o administrativos, si es preciso por escrito, para que quede constancia.
Respuesta
1
Antes de darle una respuesta, permítame saber su procedencia y así poder indicarle la autoridad correcta.
Sigo a sus órdenes si así lo deseara.
Le agradezco que me haya visitado en TodoExpertos.com.
Soy de Monterrey Nuvo león Mexico.
A propósito tu de donde eres.
Gracias por ayudarme..
Pues se trata de una infracción administrativa o falta cívica (no hay delito). Puede usted acudir a la Presidencia Municipal y presentar por escrito su queja por esta situación.
Debe tener el mayor número de firmas posible y hacerlo por duplicado, uno para dejarlo en la oficina y otro como su acuse de recibo.
Lamentablemente hay que esperar a la respuesta.
En todo caso y si no obtuviere una respuesta satisfactoria o solución al problema, entonces puede proceder ante el Juez Cívico de la localidad, que normalmente se encuentra a un lado o cerca de la Agencia del Ministerio Público de la zona y presentar ahí su queja.
No le digo que lo presente ante el M.P. porque no hay delito, a menos que se trate de daños a su propiedad, haya tenido amenazas de muerte o agresiones físicas.
No hay mínimo para las firmas.
Si tuviere alguna duda o pregunta o cuestionamiento adicional, permítame saberlo por favor.
Le agradezco que me haya visitado y escrito en TodoExpertos.com.
P.D. Soy de la capital.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas