El articulo 53 del ET establece lo siguiente:Cuando la decisión extintiva se fundare en el artículo 52. C de esta Ley, con alegación de causa económica, y como consecuencia de tal situación económica no se pudiera poner a disposición del trabajador la indemnización a que se refiere el párrafo anterior, el empresario, haciéndolo constar en la comunicación escrita, podrá dejar de hacerlo, sin perjuicio del derecho del trabajador de exigir de aquél su abono cuando tenga efectividad la decisión extintiva. Es decir que si te despiden por causas económicas y la empresa esta en concurso de acreedores y no dispone de dinero para pagarte el finiquito los atrasos y la indemnización correspondiente la empresa o el administrador concursal, te tiene que entregar un certificado de reconocimiento de deuda y el AUTO DE ADMISIÓN DEL CONCURSO... Con ese documento la Administración Concursal, y por lo tanto el juzgado, reconoce la deuda que la empresa tiene contigo para que puedas solicitar el correspondiente pago por el FOGASA..
En el mismo certificado de reconocimiento de deuda aparecerán las cantidades adeudadas por los distintos conceptos, en materia de salario y también de indemnización. En el certificado se desglosan estas cantidades y se clasifican según regula la Ley concursa: Privilegio General (artículo 91.1), Ordinario (artículo 89.3) y Contra la Masa (artículo 84).
Certificado de reconocimiento de deuda (cantidades adeudadas)
• Salarios
O Débitos de nómina desglosados mensualmente
O Cantidades correspondientes de finiquito (incluidas pagas extraordinarias y vacaciones)
O Bonus, en caso de que corresponda
O Antigüedad
O Salario bruto diario
• Indemnización
O Cantidades adeudadas
O Bolsa social, en caso de que corresponda
Los salarios aparecerán desglosados de forma mensual, por lo que se podrán comprobar más claramente los débitos que corresponden cada mes. Asimismo se incluyen las cantidades correspondientes al finiquito en el mes que corresponda.. Si te ponen demasiados obstáculos o se niegan entregarte esos documentos re pones en contacto con un sindicato o con un abogado de oficio para que te gestionen la correspondiente demanda por reclamación de cantidad aunque no deberías de tener ningún problema para que te entreguen el certificado de reconocimiento de deuda si la empresa esta en concurso de acreedores.. No se te olvide finalizar la pregunta.