Concurso de acreedores y FOGASA

La empresa que me despidió está en concurso de acreedores. Ha reconocido el crédito. Para cobrar del FOGASA, ¿con el Auto de declaración del concurso y un certificado del administrador concursal sería suficiente? ¿Lo habitual en estos casos es cobrar del FOGASA? La cantidad que me adeudan es bastante pequeña, una parte de salarios, otra de indemnización y unos días por vacaciones no disfrutadas.

1 respuesta

Respuesta
1

Si es suficiente si ya el auto declara la situación de insolvencia de la empresa.

No tiene porque, los administradores concursales pueden sacar activos de la empresa para pagaros y si la cantidad es pequeña es mas fáctible que así sea.

Los administradores concursales de todas formas te informarán de si corresponde que lo solicites o no por el estado en que esté el capital social con que cuenta la empresa.

Muchas gracias. En caso de que lo abonara el FOGASA, ¿debo pedir testimonio del Auto en el Juzgado o con una fotocopia vale?

Debes adjuntar copia del auto del concurso compulsada en el Juzgado y certificado de tu inclusión en la lista de acreedores. De todas formas pide información cuando te acerques al Juzgado.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas