Concurso de acreedores/ fogasa

Me despidieron por causas objetivas el 31 de diciembre de 2009, en la carta de preaviso 27 noviembre, me dijeron que solicitara al fogasa el 40% de la indemnización y que no tenían dinero para pagar el 60%. Pero luego el 31 de diciembre me dieron los papeles para el paro etc.. Y en una carta me ponía que en unos días pasara por las oficinas a cobrar el finiquito pendiente y la nómina ptes,( en ese momento, noviembre y diciembre).
Yo trabajaba en las oficinas y sabí­a que desde hacia tiempo no estaban pagando a los subcontratistas y los industriales porque estos, me llamaban a mi, ya que yo era quien preparaba los contratos de obra y les revisaba las facturas antes del pago . Por lo tanto sabia que la empresa no tenía dinero .
Bueno al averiguar que tenía un año para demandar la deuda que la empresa tenía conmigo me esperé . En febrero me ingresaron la nómina de noviembre y pensba que me pagarían poco a poco, la cuestión es que la empresa entró en concurso voluntario el 18 de febrero2010 .
Por otro lado en marzo pedí el 40% al fogasa y en mayo me contestaron que no tenía­a derecho porque no era un despido objetivo sino un despido colectivo encubierto ya que por lo visto habían despedido a más de 10 trabajadores en un periodo de 90 días .
Por otro lado hablé con la administradora concursal, y al final me incluye como acreedora y me hizo un certificado donde reconoce la deuda que tiene la empresa conmigo 100% indemnización, nomina diciembre y una semana de vacaciones .Con ese certificado voy al fogasa para solicitar el pago adjuntando auto del procedimiento concursal etc.. Y una de los reponsables me indica que me vendrá igualmente denegado ( como me vino el 40%) por el despido colectivo encubierto, y que tendrí­a que haber demandado .
Mi pregunta es, entonces aunque la empresa esté en concurso de acreedores ahora y además me ha incluido en el listado de acreedores con las cantidades que yo solicité, puedo demandar a la empresa por la deuda, antes del 31 de diciembre 2010 para que el fogasa me pague .
Poro otro lado la administradora concursal me ha dicho que en un par de meses se presentará el auto de liqudación de la empresa sobre enero de 2011 .
Cobraré de los bienes de la empresa si tienen', ¿y si no tienen me darán algún documento para entonces poder volver a soliciatar al fogasa el pago?

1 Respuesta

Respuesta
Puede demandar si no ha transcurrido el período de un año. Usted es un acreedor preferente, pero será la administración concursal la que decida como pagarle. Hable con su abogado que conoce más del asunto.
Gracias, por la aclaración . Pero la cuestión está en que nos han dicho que la administradora concursal, al entregarnos el certificado donde se nos reconoce la deuda (para que cobremos del fogasa ) ya no nos tendrá en cuenta para la liquidación.
Además antes será la liquidación de la empresa ( nos dijo en un par de meses) que la denegación por escrito del fogasa del 60% y la nómina, que me dijeron unos 8 meses y aún faltan 4.
Por lo tanto cuando el fogasa me responda que no, la empresa habrá liquidado y cerrado .
Si yo demando ahora, la administradora tendrá en cuenta que el fogasa en un primer momento me denegó el 40% y que puede ser también me deneguen el 60% y la nómina, ¿y entonces me tenga en cuenta para la liquidación? Y si al final de esta, ¿no hay dinero para liquidarnos entonces el fogasa respondería por esta? Se lo agradezco de antemano, un saludo .
Es difícil precisar la respuesta sin datos objetivos. Si tiene dudas con respecto a lo que hará fogasa, debe comunicar su derecho de crédito a la administración concursal cuanto antes. Sus créditos son preferentes.

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