Comedor en la oficina

Quería saber si hay algún tipo de ley o norma, que indique a partir de qué número de trabajadores una empresa tiene la obligación de habilitar un lugar para que los empleados coman (una cocina, o al menos una sala con mesa, frigo y microondas).
Del mismo modo, querría saber si en una oficina que no se puede fumar es obligatorio habilitar un lugar para los fumadores y que no tengan que bajar a la calle cada rato.

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Está en vigor una antigua regulación (Decreto 08/06/1938 y Orden Ministerial de 30/06/1938). Establece que el requisito de tener obligatoriamente comedor a las empresas que no concedan al personal dos horas para el almuerzo, no estableciéndose un número mínimo de trabajadores (solo especifica que las empresas de + de 50 servirán comidas y las de - de 50 tendrán un espacio), regulación que sigue en vigor por una sentencia del Tribunal Central de Trabajo de 11/01/89 que establece que si una empresa generaliza la jornada intensiva, se extingue el derecho al comedor.
En cuanto a los fumadores, hasta que no salga una ley que prohíba fumar en todos los locales públicos (en la administración ja está en vigor)entiendo que no es legal prohibir que se fume, no obstante si se prohíbe, obviamente debe habilitarse un lugar para fumar.

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