Contrato trabajo 402 eventual por circunstancias

Tengo este contrato de trabajo que me caduca en unas semanas,

Quisiera saber si es normal que no me avisen si tengo que continuar en cuanto termine.

Si podría auto renovarse sin mi firma. Si tienen que avisarme con tiempo que no me necesitan dentro de dos semanas. Y si en caso que no me lo renueven tengo derecho al paro ya que trabajo desde 2 años (en tres distintas empresas).

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Sólo se exige preaviso cuando la duración del contrato supera el año, ésto en la norma general pero en los Convenios Colectivos pueden indicar otros plazos, desconozco tu C.C. La falta de preaviso juega a tu favor, ya que si no se ha completado la duración máxima, de ese tipo de contrato, se prorrogará automáticamente hasta dicha fecha. Si lo que se agotará fuera la duración máxima de ese contrato, podría entenderse como una relación indefinida, siempre que no se demuestre la naturaleza temporal de dicho contrato, esto último con tigo no pueden demostrarlo, ya que el trozo de contrato que acompañas, se ve claramente que está realizado en fraude de ley, en la cláusula SEXTA, hay una cruz en “atender las exigencias……consistentes” y el espacio en blanco está para indicar, por parte de la empresa, claramente y lo más entendible posible las circunstancias que obligan a la empresa a efectuar ese tipo de contratación, al no poner nada no podrán demostrar la temporalidad de esta contratación si se diera el caso, también si llegado el final omitieran liquidarte algo (indemnización, salario u otro) podrías denunciarlos por ser un contrato en fraude de ley.
Tienes derecho al desempleo con 2 años a +/- 8 meses.

Esta respuesta me ha sido muy util ya "que está realizado en fraude de ley" y segun lo que encuentro en la pagina official: http://www.empleo.gob.es/es/guia/texto/guia_4/contenidos/guia_4_11_12.htm

"Este contrato se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación:
Por falta de forma escrita.
Por falta de alta en la Seguridad Social si hubiera transcurrido un plazo igual o superior al período de prueba.
Si llegado el término, el trabajador continuara realizando la prestación laboral.
Asimismo, se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude de ley."

Asi que me encuentro mas animado y con alguna idea mas a la hora de terminar el contrato.

Muchissimas gracias Tonisoco, y a todo el STAFF de todoexpertos.com

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