Hola, quería preguntar sobre las implicaciones de un cambio de contrato de trabajo.

En mi empresa nos están proponiendo como medida de ahorro el reducirnos la jornada laboral, lo cual implicaría un cambio de contrato (de tiempo completo a tiempo parcial).

Somos el resultado de una fusión entre varias empresas, por tanto, cada uno de nosotros tenemos unos derechos adquiridos con anterioridad, distintos a los de otros colectivos. Además, la empresa fusionada dispone de condiciones específicas para las contrataciones hechas después de la fusión.

Mi pregunta es: si mi contrato cambia, ¿podrían verse afectados aspectos como la antigüedad, ese documento de derechos adquiridos, etc?

Como estamos hablando de una medida temporal, ¿cómo me puedo asegurar de que hay vuelta atrás? Es decir, la empresa me dice que después del plazo me transformarían de nuevo el contrato pero, ¿cómo puedo estar segura?

Cambiar varias veces el contrato, ¿qué puede implicar?

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Entiendo por su pregunta que lo que la empresa le propone es una reducción de jornada temporal, confírmeme si es así.

sí, eso es. Pero no quieren plantearlo en forma de ERTE sino con un cambio de contrato.

Entonces lo que la empresa le plantea es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. En este caso usted tiene 3 opciones:

1.- Aceptar la modificación, en cuyo caso no perdería antigüedad pero se le dejarían de aplicar los derechos adquiridos en función de en que consista la modificación que se propone.

2.- No aceptar la modificación, en cuyo caso puede impugnar la decisión empresarial ante el Jugado de lo Social a fin de que éste decida acerca de la procedencia o no de la modificación realizada.

3.- No aceptar la modificación y rescindir su contrato de trabajo lo que le daría derecho al percibo de una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 9 mensualidades. Tendría en este caso derecho al percibo de la prestación por desempleo.

El procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo es distinto según si afecta a un sólo trabajador (será individual) o a una pluralidad de trabajadores (será colectivo). La empresa deberá cumplir con el procedimiento de que se trate en cualquier caso (justificar la causa, comunicar al trabajador o representantes de lo trabajadores, abrir periodo de consultas, respetar los plazos, etc.

Un saludo

Si desea que le asesore en su caso puede ponerse en contacto conmigo en:

[email protected]

en realidad la medida es voluntaria, se acoge quien quiere. en mi caso, me interesa a nivel personal pero quiero asegurar que no pierdo mis derechos por el camino y que luego puedo volver a mi jornada completa.

por qué perdería mis derechos adquiridos? se pierden sí o sí al cambiar de contrato? ellos me comentan que mantendría todo pero legalmente no sé si es así.

Estimada Nerea, su contrato no cambia, es el mismo lo que pasa es que se modifican las condiciones que se pactaron, en este caso jornada y salario.

Tenga en cuenta que usted renunciaría a su jornada completa y al salario correspondiente a la parte de jornada que no trabaje.

Lo de perder los derechos adquiridos dependerá del acuerdo al que lleguen de modificación. Por ejemplo si la empresa le propone una reducción de jornada con la correspondiente reducción de salario simplemente usted estaría renunciando a eso.

Pongamos el caso de que usted trabaje a turnos y uno de sus derechos adquiridos sea que usted trabaja el turno de mañana siempre. En este caso si la empresa además de la reducción de jornada y salario correspondiente le modifica el turno y usted acepta ha perdido ese derecho. A esto me refería con lo de que depende del acuerdo al que usted llega con su empresa.

En cualquier caso si es una situación temporal, bien podría solicitarse una reducción de jornada temporal en virtud del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, en la cual usted recuperaría sus derechos a la finalización del periodo de aplicación.

También existen otras fórmulas para que usted no se vea perjudicada si lo que le ocurre es que tiene a su cargo a menores de 8 años.

Yo no aconsejo nunca renunciar a derechos confiando en la buena fe de la empresa, puesto que en el futuro no se sabe lo que pasará y usted puede verse perjudicada.

No tengo hijos así que no tengo opción a la guarda legal.

en mi caso, tengo un contrato, con algunos derechos incluidos en el mismo y por otro lado, un documento de derechos adquiridos colectivo,firmado entre el comité de empresa y la dirección.

entonces, si en el anexo simplemente se indica una reducción de horas con la correspondiente reducción salarial, ¿el resto permanecería intacto? tanto derechos adquiridos como resto de condiciones recogidas en el contrato original?

gracias.

Sin ver más documentación es imposible resolver su duda porque esos derecho pueden estar ligados a la realización de una jornada completa, pero en principio si sólo le tocan la jornada y el salario y el resto de derechos nada tienen que ver con estos (seguros médicos, vales de comida, bonificaciones en carburante, etc) no habría problemas.

De todos modos le aconsejo que acuda con la documentación que posea, los acuerdos sobre los derechos adquiridos y su contrato de trabajo a un abogado para que le aconseje sobre su circunstancia particular. Si lo desea me ofrezco para ayudarla pero necesito toda esa documentación y el acuerdo que la empresa quiera hacer ahora.

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