¿Me compensa tener una reducción de jornada estando con una licencia retribuida sin trabajar?

Llevo trabajando en una empresa 14 años y hace 3 años aprox. Solicité una reducción de jornada por cuidado de hijo menor (6 horas diarias). Actualmente mi compañía ha solicitado un concurso de acreedores y nos han comunicado que mientras que aceptan el concurso y viene el administrador nos dan una licencia retribuida y nos han mandado a casa. Actualmente llevamos 2 meses con la licencia y será prorrogable. En estos momentos, como tenía unos días de vacaciones que me debían, los estoy disfrutando, y la licencia se prorrogará hasta finales de mes y así sucesivamente...
Mi pregunta es si me interesaría mandarles la carta de que vuelvo a la jornada completa (pudiera ser que me interese más o no en estos días de vacaciones) para que me compute el sueldo de las 8 horas, posteriormente también para la liquidación y paro.
La finalidad del concurso de acreedores es para que nos manden a FOGASA. Actualmente todavía no hemos cobrado ningún sueldo desde que estamos con dicha licencia.
Otra pregunta es si por estar con la reducción de jornada, de cara al pago de FOGASA tendría algún beneficio (como por estar con reducción de jornada por cuidado de hijo menos estás más vetada!) O sería indiferente.
Y por último, ¿qué tendría que abonarme FOGASA y que parte la empresa?

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Ten en cuenta una cosa muy importante en temas de reducción de jornada por cuidado de hijo, tanto para el cálculo del paro al que tienes derecho como para la indemnización por el despido, ojalá no se produzca, se tendrá en cuenta el salario como si estuviera al 100%, sin la reducción que tienes ahora por el cuidado de tu hijo.

Si del concurso de acreedores, los administradores concursales no consiguen sacar activos y bienes de la empresa que permitan pagaros lo que os corresponde en indemnización y salarios, será el FOGASA el que asuma los pagos (con hasta un año de retraso).

Si se puede, la empresa pagará hasta donde tenga el dinero que se consiga en el concurso de acreedores, el resto FOGASA.

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Muchas gracias, pero necesito una aclaración. Actualmente acaba de llegar el administrador. ¿Puedo ahora mismo mandar un escrito y volver a mi jornada de 8 horas? aunque no esté yendo a trabajar?

Y por otra parte,

El estar en reducción de jornada, ¿implica una variación con respecto a otra persona en el % que me tenga que pagar fogasa?

Resumiendo: No sé si puedo o me interesa mandar el escrito diciendo que vuelvo a la reducción de jornada o si me compensa estar con la reducción porque tenga alguna ventaja.

Gracias de antemano.

Saludos.

La reducción de jornada por cuidado de hijo se puede modificar o dejar cuanto tu quieras, notificándolo a la empresa. Pero debes preavisar con al menos 15 días de antelación.

No hay variación en cuanto a los pagos de FOGASA por el hecho de estar en reducción. La indemnización se calcula con salarios al 100% como si no tuvieras reducción.

En reducción tienes la ventaja de que si la empresa sigue a flote seguirás en ella ya que tienes preferencia de permanencia. Lógicamente tu salario en reducción es inferior y si se te finiquita por cierre de la empresa se te pagarán los salarios debidos de 6 horas diarias (no se si por la licencia cobras mas o no). Pero ni indemnización ni paro se verían afectados por tu reducción al calcularse con salarios al 100%.

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