Pago al FOGASA
Trabajo en una empresa que entró en concurso de acreedores. La empresa hizo un ERE y el pago de las indemnizaciones una parte la pagará el FOGASA. Según la ley este pago que realiza el FOGASA es un adelanto que le hace a la empresa. Lo hemos contabilizado en una 641. A falta de encontrar una cuenta para el balance escogimos la 465 de Remuneraciones pendientes de pago, aún sabiendo que esto es incorrecto, porque estamos a tiempo de reclasificar. Al ser un organismo público me queda la duda de si debe ir en Administraciones Públicas, como una provisión o como un acreedor más. ¿Qué cuenta mostraría mejor la imagen fiel?
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Respuesta de Juan José Adanero García