Excedencia problemática

He estado de baja laboral (por un problema de salud) unos meses, cuando me he puesto en contacto con la empresa para indicarle que estaba cercana el alta y por tanto la reincorporación me dicen que la situación laboral es complicada y que si no puedo continuar de baja que me pida una excedencia por un periodo próximo a 45 días y luego me reincorporaría porque se prevé que la situación económica de la empresa estaría mejor.
Esto me parece tal barbaridad que no se si detrás hay un despido o una no admisión en base a falta de trabajo para mi... Actualmente yo estoy con una reducción de jornada por maternidad. Mi preocupación es que si acepto la "excedencia voluntaria" y luego me despiden ¿este tiempo contaría para paro? O incluso ¿podría no tener paro?

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Si pides una excedencia voluntaria la empresa no tiene ninguna obligación de reincorporate cuando se acabe si no hay vacante. ¿A qué esto no te lo han dicho? Pues ya puedes ver cuál es la verdadera intención de la empresa. Por tanto no lo aceptes, porque simplemente lo que van a hacer no es despedirte, sino no readmitirte. Si que cobrarías el paro si la empresa te hiciera una carta diciendo que no hay plaza para ti al final de tu excedencia, pero no te la iban a hacer porque saben que si tuvieran plaza podrías demandar por despido improcedente.
Por tanto, cuando se acabe tu baja vuelves a la empresa y si es cierto que la situación es tan mala, que te haga un despido objetivo. Si ese despido no es válido podrás demandar por despido nulo al estar en reducción y te tendrán que readmitir obligatoriamente pagándote todos los salarios perdidos entre despido y readmisión. En cambio, si el despido objetivo fuera válido, cobrarías una indemnización de 20 días por año, finiquito y paro a jornada completa por estar en reducción de jornada.
Gracias por esta información tan completa. Cuando me he vuelto a poner en contacto con la empresa lo que me piden es una excedencia por cuidado de un hijo. Entiendo que esta situación es diferente porque entonces sí tienen que aceptarme en el día que finaliza la excedencia, independientemente de la situación de la empresa. ¿Es esto correcto?.
Gracias
Es cierto con matices. La excedencia por cuidado de hijo sólo vale si tienes un hijo menor de 3 años (durante todo el período de excedencia) y sólo tiene reserva de puesto durante el primer año. A mí lo que me parece raro es que sólo te pidan 45 días. En 45 días una empresa no va mejor, ni creo que aún menos sepan que vaya a ir mejor en 45 días. Pero eso sí, en 45 días puede dar tiempo a una empresa (sobre todo si no tiene bienes que embargar) a dar de baja a sus empleados en la SS y desaparecer o bien empezar en concurso de acreedores, en el cual tendrías prioridad si antes de entrar en el mismo ellos te hubieran dejado de pagar y hubieras demandado. Pero si la deuda que se genere contigo (por ejemplo, por negarse a reincorporate tras la excedencia, lo cual sería un despido) es después de empezar el concurso de acreedores, entonces debes meterte en ese concurso como un acreedor más, a repartirte lo poco que quede. Desde luego que en excedencia por hijo tienen obligación de reincorporarte, pero también la tienen ahora y no parece estar dispuestos a proceder. La decisión es tuya.

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