La excedencia voluntaria es una suspensión temporal de contrato de trabajo a instancias del trabajador lo que es considerado por el SEPE antiguo INEM) como un cese voluntario por lo que si después de que te concedan la excedencia solicitas el paro el SEPE te le denegara porque no estarás en situación legal de desempleo.. Si tras obtener la excedencia voluntaria, trabajas en otra empresa diferente, finaliza la relación laboral por causas no imputables a tu voluntad, y solicitas la prestación, podrías tener derecho a la misma si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado en el momento de la situación legal de desempleo y hasta que se pueda hacer efectiva tu reincorporación a la empresa en la que estás excedente. En este caso, si la duración de la prestación es superior a la duración del periodo de excedencia, cobrará la prestación hasta que finalice la excedencia, porque, a partir de ese momento, el abono de la prestación se suspenderá a la espera de que solicites tu reincorporación a la empresa y ésta le responda. Si la empresa manifiesta la imposibilidad de aceptar tu reincorporación por falta de vacante adecuada, o deniega la misma en ese momento pero admite el reingreso en una fecha futura, podrás continuar percibiendo la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..
Hola buenas hoy fue al inem para presentar paro y mi peden una incedencia de 2014 de una emprisa tengo solo certificado de esa impresa mi vale para presentarla - samir samir