Buenos Baja de Oficio para un autónomo.

Me podéis ayudar antes de acudir a la Seguridad Social, .Soy autónomo desde hace 3 año y siete meses, ayer acudí a pedir una vida laboral y observo que estoy de baja con fecha de final del mes pasado, yo no lo había realizada, así que pregunte y me contestaron que se trata de una baja de oficio, no me podían decir mas porque no era la delegación de mi Ciudad, y que tengo que acudir a ella para que me informen.

¿Me podéis ayudar en que significa una baja de oficio?, ¿Y por que causas puede efectuarse por parte de la SS?. ¿Aunque conste como baja de oficio tengo que seguir cotizando como todos los meses?

1 Respuesta

Respuesta
1

El INSS no requiere de una sentencia firme para poder dar de baja a un trabajador, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, sino que basta con que se lo pida el empresario en cualquier momento, o que así lo ordene la Inspección de Trabajo como consecuencia de un procedimiento de investigación previo en que compruebe que el trabajador está incorrectamente encuadrado en el régimen de seguridad social porque le corresponda otro encuadre diferente en el caso se los trabajadores por cuenta ajena,, pero en el caso de los trabajadores por cuenta ajena puede ser debido a la acumulación de deudas por impago de la cuota de RETA o por algún incumplimiento de alguna normativa algo de lo que te tienes que informar en la tesorería provincial del INSS donde tengas la residencia.. Pero desde el momento en el que te dan de baja en la seguridad social tampoco tienes que ingresar ninguna cuota a la seguridad social ya que dejas de figurar en el RETA como trabajador por cuenta propias, en activo.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas