Si as tenido que interrumpir la prestación por desempleo para iniciar una nueva relación laboral y estas en periodo de prueba, solamente podrás solicitar la reanudación de la prestación que tienes interrumpida si te despiden por no pasar el periodo de prueba o por cualquier otra circunstancia ajena a tu voluntad y a instancias del empresario, porque si en el certificado de empresa en el código donde consta la causa del cese de actividad consta la extinción de la relación laboral a instancias del trabajador entonces no podrás reanudar la prestación interrumpida porque seria un cese voluntario lo que no se considerara como una situación, legal de de desempleo, por lo que tendrían que transcurrir tres meses desde que cesaste voluntariamente durante el periodo de prueba y la finalización de un contrato de trabajo o la extinción de la relación laboral a instancias del empresario da igual que el contrato de trabajo se de uno, o dos meses la cuestión es que la extinción de la relación laboral se produzca a instancias del empresario para que te encuentres en situación legal de desempleo y puedas reanudar la prestación es la única forma legal para que el SEPE te conceda la reanudación de la prestación .. Por lo tanto no vas a seguir trabajando porque as llegado a un acuerdo con la empresa asegurate bien de que en el certificado de empresa se indique como la causa de la extinción el código numero 7) porque si se indica el código numero 9)como la causa de la extinción entonces no podrás reanudar la prestación hasta que no transcurran tres meses y te encuentres en situación legal de desempleo.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..