Excedencia y articulo 53.4 ET
Este tema es muy urgente: estoy en excedencia de 18 mesespor cuidado de hijos. Mi empresa va mal y me temo que me vayan a despedir en cuanto me reincorpore al trabajo. Leo en el articulo 53.4, c) del Estatuto de Los trabajadores que el despido seria nulo si: " los trabajadores después de haberse reintegrado al trabajo al finalizar los periodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción o acogimiento o paternidad, siempre que no hubieran transcurrido más de nueve meses desde la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento del hijo". Mi hijo ya tiene los 9 meses cumplidos. ¿Pueden pues despedirme por causas objetivaso por despido improcedente? ¿Hay posibilidad de que se declare nulo el despido?
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Respuesta de josbian
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