La duración de la prestación por desempleo, se calcula teniendo en cuenta todos los períodos cotizados al RGSS Y al SEPE/INEM que no hayan sido utilizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, y en estos se incluyen las cotizaciones del trabajo que se pierde, las del que se mantiene y las de todas las relaciones laborales que hayas tenido en ese periodo de tiempo, es decir que mientras no se haga uso de ninguna prestación durante los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo, es decir, cuando te quedas sin empleo por causas ajenas a tu voluntad, todas las cotizaciones que efectúes durante ese tiempo se acumulan para la prestación por desempleo hasta los 24 meses de tope máximo, independientemente del las empresas en las que hayas cotizado.. En el caso de no haber solicitado la prestación, se puede estar sin perder el derecho a la prestación un máximo de seis años. Pasado este tiempo se pierde el derecho al cobro de la misma. Es decir que la prestación por desempleo se puede reservar durante 6 años siempre que una vez que te hayas quedado sin empleo no se solicite la prestación, pasado ese tiempo ya no se puede recuperar así que si no han transcurrido 6 años desde la ultima cotización todavía se tiene derecho a recuperar las cotizaciones que no se hayan utilizado con anterioridad, en ninguna prestación.. Por lo tanto, si al iniciar la actividad por cuenta propia como trabajador autónomo no solicitaste ni hiciste uso de ninguna prestación por desempleo, todas las cotizaciones que hayas efectuado al el RGSS y al SEPE/ para el desempleo en los 6 últimos años excepto las cotizaciones correspondientes a los dos años como autónomo que no cotizan al SEPE/INEM) para el desempleo, todos los demás se tienen en cuenta para el calculo de el tiempo que te corresponde de la prestación por desempleo que en tu caso sera el equivalente a 16 meses de prestación por desempleo por los 4 años cotizados al SEPE para el desempleo, los dos años como autónomo no se contabilizan, porque los trabajadores autónomos no cotizan al SEPE, para el desempleo.. Espero que la respuesta te sirva se ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez Gracias y un saludo..