Tu padre a no ser que haya cotizado en alguna mutua antes del 1/1/67) no se podría jubilar anticipadamente ni a los a los 61 ni a los 63 años porque para que podría jubilarse con 61 o 63 años en el momento de solicitar la jubilación tendría que tener cotizados como mínimo 30 años con la legislación anterior y con la actual 33 años, por lo que de estar cobrando el subsidio para mayores de 55 años tendría que seguir cobrándole por no reunir los requisitos para la jubilación, de todas formas te aconsejo lo que a todos que me consultan sobre cuestiones relacionadas con las prestaciones de la seguridad social, que para cuestiones relacionadas con temas de pensiones o prestaciones sociales lo mas aconsejable es informarse en la tesorería provincial del INSS porque es ese organismo publico quien tiene la competencia de las pensiones.. Ya me contaras cuando te informes de hasta cuando vas a poder seguir cobrando el subsidio y de cuando y como te pueden jubilar.. Un saludo y buena suerte..
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/index.htm