Pensión de Jubilación

Quisiera saber si con 15 años cotizados y 65 años y 3 meses, puedo cobrar pensión de jubilación.

Tengo dos pisos en propiedad y uno lo tengo alquilado, ¿cuenta este dinero a la hora de que puedan pagarme o no una jubilación?.

1 respuesta

Respuesta
1

Para tener derecho a una jubilación contributiva hay que tener cotizado un mínimo de 15 años de los cuales dos tienen que haberse cotizado en los dos años inmediatamente anteriores al echo causante o cuando se solicita la jubilación, ademas de cumplir con el requisito de la edad legalmente establecida, que en tu caso seria la de los 67 años por lo que a partir de este años tienes que sumar a los 65 años un mes mas por año es decir que si cumples o tienes los 65 años pero no tienes los 35 años y tres meses que se requieran para jubilarse el 1/1/2013) a esa edad con la carrera laboral completa y con el 100% de la base reguladora, ademas de tener cumplidos los 65 años tienes que trabajar un mes mas por año hasta el 2018 porque a partir del 2019 son dos meses mas por año los que se tiene que trabajar ya que el `periodo de transito para pasar de los 65 a los 67 es de 15 años, es decir desde el 2013 hasta el 2027, donde en esa fecha todos los de trabajadores se tendrán que jubilar a los 67 años de edad salvo todos aquellos que a los 65 años tengan la carrera laboral cumplida es decir que tengan cotizados 38 años y 6 meses lo que les dará derecho a jubilarse a los 65 años con el 100% de la base reguladora.. De todas formas ante cualquier duda respecto al tema de las pensiones si te acercas por la tesorería provincial de tu comunidad te van a facilitar toda la información que precises al respecto, de todas formas aquí te dejo un enlace de la seguridad social que te va a interesar bastante.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jubilacionordinaria/Requisitos/index.htm#6158

Perdona, pero no me aclaras si el tener un piso por el que cobro un alquiler influye en que puedan darme o no una pensión de jubilación. Gracias.

Perdona el olvido, pero tengas los de ingresos que tengas al tener cotizados a la seguridad social 15 años dos de los cuales estén dentro de los 15 tienes derecho a cobrar el 50% de la base reguladora, lo que sucede es que si la cuantía de la pensión queda por debajo del tope mínimo y los ingresos que genera al año el alquiler de la vivienda

Sobrepasa una determinada cantidad de dinero entonces no te concederían el complemento a mínimos es decir la cuantía que falte hasta completar la cuantía de la pensión mínima.. En el siguiente enlace tienes toda la información referente al complemento a mínimos.. No se te olvide finalizar la pregunta gracias..

http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Revalorizacion/Complementosaminimos/index.htm

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas