Cuando una empresa entra en concurso de acreedores, los primeros en cobrar son los trabajadores de la empresa en activo, seguido de las administraciones públicas y los deudores con garantías reales, es decir, prendas e hipotecas. Los últimos en cobrar son todos los demás: los bancos que no tengan garantía de cobro, los proveedores, los suministradores desde el momento que el juez acepta la petición de concurso de acreedores, los administradores concursales tienen dos meses para evaluar la situación de la empresa, aunque el plazo puede ampliarse otro mes en función de la complejidad de la tarea. Si la demanda por reclamación de cantidad la hubieras puesto antes de que la empresa entrara en concurso de acreedores entonces seria el juzgado de lo social quien seguiría adelante con la demanda por impago y serias de los primeros en cobrar las nominas atrasadas pero si causas baja voluntaria estando la empresa en concurso, perderás la preferencia en el orden de pago y seras de los últimos en cobrar sea por parte de la empresa o del FOGASA si la empresa no dispone de recursos económicos suficientes para afrontar el pago de la deuda total, y además si eres tu quien se marcha de la empresa de forma voluntaria sin que medie despido alguno, además de perder el derecho a ser indemnizado de corresponderte el paro, también perderías el derecho a percibir la prestación por desempleo, así que si puedes aguantar hasta que se resuelva la situación de la empresa lo mas aconsejable es que sigas acudiendo al puesto de trabajo, para mantener tus derechos intactos, pero la decisión de aguantar o de marcharte de la empresa es algo que tienes que valorar y decidir por ti mismo.. Animo y buena suerte..