Despido objetivo por causas económicas
Llevo 13 años en una empresa como indefinida, nos van a comunicar en breve un despido objetivo por causas económicas, por lo que según la normativa actual nos correspondería por indemnización 20 días por año. La empresa no tiene dinero para pagarnos la indemnización y así nos lo han dicho. Según la normativa vigente a partir de julio de 2012: en caso de despidos colectivos y objetivos en empresas de menos de 25 trabajadores (como es nuestro caso), el FOGASA tiene en estos casos la responsabilidad directa y debe abonar a los trabajadores el importe de 8 días de salario, salvo que el despido se declare improcedente. En estos casos no se requiere la declaración de insolvencia de la empresa .
Según ésto, nuestra empresa que no está declarada en concurso ni insolvencia, debería abonarnos los 12 días (de los 20) cuando se extinga el contrato y los 8 días restantes los paga el fogasa.
Pregunta: ¿Qué ocurre si cuando se extinga el contrato la empresa no abona los 12 días (por carecer de liquidez alguna)? ¿Todavía tengo derecho a los 8 días del fogasa? ¿Es imprescindible que la empresa pague esos 12 días para poder acceder a los 8 días del fogas? ¿Qué medidas puedo tomar?