Puedo pedir una excedencia voluntaria del 15 de diciembre de 2014 al 16 de enero de 2015. Que debo h

Quisiera pedir una excedencia voluntaria del 15 de Diciembre de 2014 al 16 de enero de 2015. ¿Cómo lo debo hacer? Y que me deberían pagar de cada mes

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Como norma general la excedencia voluntaria, regulada en el art. 46.2 del ET establece que como mínimo será de 2 años y como máximo de 5 años. Algunos Convenios Colectivos mejoran estos plazos, aunque dudo mucho que alguno prevea la posibilidad de pedir una excedencia de 1 mes.

Y si tengo un niño de un año, no tengo derecho a pedir la excedencia de un mes?

Si tienes un hijo de 1 año puedes pedir una excedencia por cuidado de un menor hasta que este tenga 12 años.

En este caso la excedencia es la prevista en el art. 46.3 del ET, por el que podrás pedir una excedencia de un máximo de 3 años con derecho a reserva del puesto de trabajo durante el primer año de excedencia.

La ley no prevé el tiempo mínimo para este tipo de excedencias, así que perfectamente se puede pedir de 1 mes y además será computable a efectos de antigüedad, aunque no se percibirá salario alguno por el tiempo de excedencia.

Muchas gracias por la respuesta. Con cuanto tiempo de antelación debo solicitar la excedencia? y Paso la solicitud por escrito especificando fechas?

Un saludo

Debe solicitar la excedencia 1 mes antes de disfrutarla.

En la solicitud debe especificar el tipo de excedencia y los días que solicita (especificando las fechas).

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