Sin mas vuelta de hoja, lo primero que tienes que hacer antes de que transcurran 20 días hábiles desde la fecha de la notificación del despido, es presentar ante el SMAC una papeleta de conciliación por despido improcedente, y para poner la demanda puedes recurrir a un sindicato o a un abogado laboralista particular o solicitar uno de oficio o la puedes interponer tu misma sin ninguna otra mediación, eso lo tienes que valorar tu misma, aunque es aconsejable acudir a un sindicato o al un abogado laboralista.. Mira el despido disciplinario por disminución reiterada y voluntaria del rendimiento en el trabajo es una de las excusas mas utilizadas por los empresarios para despedir a un trabajador sin pagarle un solo euro de indemnización, pero la mayor parte de esos despidos son declarados improcedentes por un juez, porque es muy complicado que la empresa pueda acreditar delante de un juez la intencionalidad del trabajador en la disminución del rendimiento en el trabajo razón por la que el juez tiene que declarar el despido como improcedente lo que obliga al empresario a optar por la readmisión o por la indemnización correspondiente a la de un despido improcedente de 45 días por año de servicio en la empresa si el contrato de trabajo se firmo antes de la reforma laboral del 2/12/2012) o 33 días por año si el contrato de trabajo se firmo después de la reforma laboral. Ademas se va a tener muy en cuenta el procedimiento utilizado por la empresa para despedirte ya que la notificación del despido te la podian haber entregado estando trabajando y no estando en situación de incapacidad temporal, ademas el despido disciplinario no conlleva ningún tipo de indemnización por lo que la empresa esta incurriendo en una contradicción al despertarte por causas disciplinarias, y poner a tu disposición la cuantía correspondiente a un despido improcedente, lo que significa que la empresa tiene miedo a que presentes una demanda por despido improcedente porque sabe que la vas a ganar porque no tienen argumentos para acreditar que el despido obedece a las causas alegadas por la empresa.. De todas formas si la empresa te adelanta la indemnización correspondiente a la del despido improcedente y la indemnización es la que te correspondería si ganases la demanda por despido improcedente el que demandes a la empresa no te va a servir para para mucho porque si ganas el juicio que es lo mas probable, es la empresa la que va a decidir si te admite de nuevo o te paga la indemnización, con lo que estarías en la misma situación que si no hubieras demandado a la empresa, por eso te aconsejo que consultes a un abogado laboralista o algún sindicato, por si cabria la posibilidad de que el despido se declarase nulo y si no para que te digan cual es la mejor opción a la que te puedes acoger en tu situación, pero no te olvides que para regla, mar el despido, dispones de un plazo de de 20 días después ya no se puede reclamar.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..