Aunque hayas firmado el despido todavía tienes tiempo de interponer una demanda a la empresa ante el SMAC por despido irregular bajo coacción ya que todavía no han transcurrido los 20 días hábiles de plazo que se requieren para interponer demanda por despido improcedente.. Aunque la de, manda la puedes poner tu misma en el SMAC (servicio de mediación arbitraje y conciliación) en tu caso lo mas aconsejable es que te pongas en contacto con un sindicato o con un abogado de oficio que puedes solicitar en el colegio de abogados situado en el juzgado de lo social de tu comunidad o ciudad, parque si las gestiones de la demanda te las lleva un profesional del derecho laboral estarás en mejor disposición de defenderte ante la la representación jurídica de la empresa ya que tratara por todos los medios de acreditar la procedencia del despido con toda clase de subterfugios y como los abogados laboralistas de los sindicatos o los de oficio ya se conocen todos los recursos que emplean los abogados de la empresas están mucho mas capacitados para desmontar dichos recursos.. Tienes que tener en cuenta que a la empresa no solo la basta con declarar que el despido se debe a un incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador si no que tiene que demostrar la intencionalidad y mala fe del trabajador-ar) para el incumplimiento de sus obligaciones en tu caso si demandas a la empresa por ser incierta la calificación del despido por disminución continuada y voluntaria del rendimiento de trabajo la empresa tiene que acreditar la voluntariedad por parte de trabajador-dora) para reducir el rendimiento del trabajo.. Hay que tener en cuenta que el rendimiento del trabajador/-dora) se cuantifica por periodos de tiempo y en caso de que se vea claramente que el trabajador ha disminuido el rendimiento se procede a ejecutar el despido. La disminución del rendimiento laboral del trabajador se basa en una serie de requisitos que han de cumplirse para que el trabajador sea despedido. Entre ellos se encuentra la voluntariedad, esto es, que el trabajador decida voluntariamente reducir su rendimiento laboral. Por otro lado se considera que no hay voluntariedad en la disminución del rendimiento del trabajador cuando las causas de esta disminución del rendimiento proviene de deficiencias en las máquinas que utiliza, la existencia de una movilidad laboral abusiva, crisis en el mercado, enfermedad del trabajador o imposibilidad de adaptación a las modificaciones técnicas que sean producido. Por lo tanto no te creas que es tan fácil por parte de la empresa probar un despido disciplinario por bajo rendimiento sino todo lo contrario ademas si puedes demostrar con algún testigo o de alguna otra manera de que te obligaron a firmar el despido bajo coacción y la amenaza de que hasta que no firmaras el despido no te dejaban salir de la empresa la cosa podría ser mucho mas grave que la simple demanda laboral porque se podría imputar a los responsables de la empresa un delito de retención ilegal lo que podría conllevar la pena de privación de libertad. Por eso te aconsejo que te pongas sin falta el lunes en contacto con un profesional del derecho laboral (sindicato o abogado de oficio)para que te preparen la demanda, y lo mas probable es que la ganes sin ningún problema, así que ya sabes lo que tienes que hacer a partir del lunes pero sin demorarlo ni un día para que no te caduque el plazo de los 20 días sin contar los domingos ni los festivos para interponer la demanda..
http://www.rodriguezmaseda.com/documentos/5.pdf