Para que puedas reclamar al FOGASA, primero tienes que demandar a la empresa, ya que el juez sólo la puede declarar insolvente en la ejecución de la sentencia de dicha demanda. Es decir, primero tienes que demandar a la empresa, luego se celebra un juicio, después hay una sentencia de dicha demanda, y si te siguen sin pagar, pides la ejecución de la sentencia. Después de la ejecución, el juez intenta realizar los embargos, y si no hay bienes, se declara insolvente. Es ahí cuando podrás reclamar al FOGASA. Por lo tanto la empresa no es capaz, por sí sola, de declararse insolvente. Sino que esto lo tiene que hacer un juez, habiendo intentado previamente averiguar los bienes que tiene la empresa que es demandada y los correspondientes embargos, para ello tendrás que esperar a que se celebre el acto de conciliación, acto que es imprescindible porque en el la empresa tiene que reconocer que la deuda contraída con el trabajador que interpone la demanda no se puede hacer efectiva por falta de liquidez,, entonces se pasa a la vía judicial, donde un juez insta a la empresa a efectuar el pago en un plazo de tiempo determino y cuando se cumple el plazo y la empresa sigue sin pagar es cuando se sigue con el proceso que ya te e explicado mas arriba.. Por lo tanto lo que suceda en el juicio de tu compañero solamente le afectara a el por lo que tu también tendrás que seguir el mismo proceso pero por separado, porque son dos demandas independientes..