Puede entrar a trabajar un eventual en sustitución de un fijo discontinuo antes que otros fijos

Bueno expongo mi caso y saber si alguien me puede orientar . Trabajo en el departamento de cocina de un hotel en el cual se ha incorporado un eventual en calidad de sustitución de otra persona de otro hotel, pero de la misma compañía y aun somos 5 fijos discontinuos que aun no nos han comunicado la fecha en la que nos incorporaremos, dándonos la siguiente explicación : "esta persona viene en calidad de sustitución de otro fijo discontinuo de otro hotel de la misma compañía cubriendo su puesto de baja por maternidad y lo hacen así para que la empresa se ahorre el dinero de la otra persona" y me gustaría saber si eso es legal y también saber si cuando abra el hotel al cual pertenece la persona que esta de baja, su sustituto tendría que ir a dicho hotel .

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Perdón por la tardanza.

Lo primero es que un eventual que está en sustitución de otra persona de baja tendría que ser no un eventual sino un trabajador con contrato de interinidad en el que se especifique a quien sustituye y porque razón.

Si ese trabajador no tiene contrato de interinidad, no está sustituyendo a nadie legalmente.

Además la sustitución se hace en la vacante dejada por esa trabajadora en maternidad. Si no hay vacante ya que el hotel al que pertenece la mujer de baja está cerrado, no tiene ningún sentido que la empresa lo coloque en vuestro hotel porque la sustitución no existe.

Si esa mujer no estuviera en maternidad, ¿estaría ahora mismo trabajando en vuestro hotel?

Si no estaría trabajando, no se entiende que en cambio un eventual esté sustituyéndola en un puesto en el que no estaría.

Si esas son las razones que alega la empresa hay fraude y podéis comunicarlo a la ITSS para que haga una inspección rutinaria y detecte la infracción.

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Ante todo Gracias por la aclaración y quisiera formular una ultima pregunta.

A lo largo de esta semana que esta pasando se han incorporado 3 compañeros fijos discontinuos y aun quedamos 2 sin fecha de comienzo, con lo cual me interesaría saber si al ser tan solo 2 personas o 1 quizás ya que por temores de "represalias" , ¿procederían con la misma fuerza la ITSS?.

A la pregunta que me ha formulado de que si la otra persona estaría ahora mismo trabajando en mi hotel , la respuesta es NO.

Y por ultimo Agradecerle la atención y claridad de su respuesta.

una ultima pregunta, ¿se ahorran dinero como dicen?

La ITSS actúa si hay infracción en ese eventual independientemente de las circunstancias que rodeen el caso.

No se puede contratar a un eventual para cubrir un puesto en el que hay un fijo-discontinuo que está esperando ya en fecha de llamamiento (presumo) y encima para cubrir a alguien que es de otro Centro de trabajo..

En cuanto a ahorrar dinero la empresa te comento:

La persona que está en maternidad está cobrando su prestación de maternidad por el INSS o Mutua y sigue cotizando a la SS, la empresa paga su parte de cotización y el INSS o Mutua descuenta de la prestación de maternidad la parte de cotización que hace la trabajadora.

Por tanto en este caso la empresa sigue pagando cotizaciones por la trabajadora en baja de maternidad.

Con respecto al eventual, paga su salario (que es igual al que puedes tener tu, quitando complementos por antigüedad) y las cotizaciones correspondientes. Las pagas extras y vacaciones las tendrá a proporción de lo trabajado.

Si las cosas son así, la empresa no se ahorra gran cosa y encima está en fraude ya que tiene a un eventual cubriendo un puesto de un fijo-discontinuo que está en espera y en fecha de llamamiento (presumo).

Los fijos discontinuos tenéis ordenes de llamamiento hay que ver si ya estás en fecha de tener que haberte llamado, si es así ese eventual ocupando una actividad que te corresponde debería estar ya fuera.

Ahorrarse no tiene porque ahorrarse nada ya que el salario no depende del contrato, sino de la actividad y un eventual debe cobrar igual que un fijo-discontinuo si ejercen la misma actividad.

El eventual podría estar trabajando pero sin que os afectara a vuestro derecho a estar ya incorporados al trabajo. Es decir que la empresa lo contrate, pero por otra razón que no os afecte.

Llegate a la Inspección y coméntalo para que se den una vuelta por el hotel, o si crees que al ser sólo 2, puede haber represalias, espera e indaga que pasa con vosotros y la fecha en que os incorporáis.

Un saludo y suerte.

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