Contrato de interinidad por baja por maternidad

En mi actual trabajo tengo un contrato de interinidad por sustitución de baja por maternidad. Este contrato comenzó el día 8 de junio, así que haciendo mis cálculos sobre las 16 semanas de duración del periodo de baja por maternidad, terminaría sobre el 27 de septiembre, y es aquí donde salen mis dudas:
- ¿Pueden juntar las 16 semanas de la baja con el periodo de vacaciones y horas de lactancia de la trabajadora y alargarme así el contrato sin necesidad de crear uno nuevo?
- Si la trabajadora coge excedencia, ¿la empresa debería hacerme un nuevo contrato de interinidad por sustitución de excedencia por cuidado de un hijo? ¿O seguiría yo con el contrato que tengo ahora hasta que la otra trabajadora se reincorporase a su puesto?
Básicamente lo que me interesa saber es si mi contrato se va a terminar el mismo día que termina la baja por maternidad "real".

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Depende... lo normal es hacer un contrato de interinidad por la baja por maternidad en sí, ya que es un contrato bonificado... y este no puede empezar antes que la propia baja de la embarazada y tiene como fin la fecha exacta de fin de baja maternal (no de lactancia, vacaciones etc... sino exactamente las fechas de inicio y fin de maternidad), y antes o después puedes hacer también un contrato de interinidad a la misma persona pero por sustitución a una persona con reserva de puesto de trabajo (precisament epor esas vacaciones, lactancia etc... )
Pero si en ningún momento, por lo que sea... han aprovechado el contrato que tiene bonificación... pues pueden hacer un contrato desde el día que se pone de baja esa persona, para las 16 semanas de maternidad, vacaciones y lactancia... es un contrato hecho en base a sustitución a un empleado con derecho de reserva del puesto. Este no habría que alargarlo. Incluso se justifica que las dos hubierais coincidido antes de su baja para ponerte al día por ejemplo... eso sí, cuando se reincorpore, deberían finalizar dicho contrato.
Si la trabajora pide una excedencia tiene también derecho a reserva del puesto de trabajo, por lo que si tu contrato es por este motivo (no el contrato bonificado que te he comentado)... puede alargarse mientras dicha situación dure. Vamos que sí, que pueden alargar dicho contrato hasta que esa empleada vuelva.
Si tu contrato termina el día que termina la baja de la trabajadora TIENE que poner eso exactamente en el contrato, y las fechas exactas de cuando empezó el contrato (que no tiene que coincidir con fecha inicio de baja pero no puede ser anterior) y fecha de fin, que no puede ser más allá del día exacto a la que a la trabajadora se le acaba el permiso maternal (que no tiene que coincidir con su vuelta si ha pedido vacaciones y lactancia)

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