Repartición vivienda

Hace unos meses compre una vivienda con una persona, ahora resulta que hemos decidido separarnos y me gustaría saber que podemos hacer. Vender sería perder mucho dinero. La otra opción es que uno de nosotros le de al otro lo que ha puesto y se cambien los papeles. ¿Habría algún problema con el banco? ¿Hay qué hacer nuevas escrituras? ¿Es cómo si se comprara de nuevo?
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Deberán proceder a la liquidación de su sociedad de gananciales y efectuar el reparto de los bienes que integran la misma. Si uno de los dos miembros de la pareja opta por quedarse con la vivienda deberá compensar al otro por el exceso de adjudicación recibido. A continuación se escriturará e inscribirá la nueva titularidad sobre la vivienda
Angel Palomino
www.palominoabogados.com

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Todo depende de como estén hechas las escrituras: es decir si estáis puestos los dos como propietarios, efectivamente deben cambiarse para que figure unicamente el titular de la propiedad para evitar posibles reclamaciones en un futuro y tener mayor seguridad jurídica de que es única y exclusivamente propiedad tuya, en cuanto al banco depende de la entidad bancaria mantener o no la hipoteca, piensa que las hipotecas cada banco las concede tras realizar un estudio del solicitante: de sus ingresos, contrato de trabajo, situación personal, es decir si para la concesión de esa hipoteca se tuvieron en cuanta las condiciones de los dos, es probable que ahora tenga que valorarse de nuevo la misma puesto que las circunstancias cmabian, de todas formas siempre se puede llegar a un acuerdo con el banco (o cancelarla e irse a otro banco, en función de lo que más te interese económicamente). No se si te he solucionado todas tus dudas, si algo no te queda claro no dudes en consultarme.
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Vayamos por partes.
Si decidís que uno de vosotros le compre su parte al otro, evidentemente hay que volver a hacer escrituras lo que representa gastos notariales y de registro. No es como si se comprara de nuevo pero los gastos son igualmente cuantiosos. Además el banco tiene que dar su autorización pues debe comprobar que el nuevo titular es capaz de pagar el solo, lo que antes pagaban entre dos.
No hace falta que vendas ahora, puedes esperar un tiempo (los pisos suben mucho) o alquilar la vivienda durante unos pocos años 82 o 3). Con lo que saques del alquiler puedes ir pagando parte de la hipoteca y dentro de unos años vender el piso ya no te supondrá perder dinero. El riesgo es que te encuentres con un arrendatario moroso.
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En primer lugar, decirle que su caso es uno de los más comunes que hoy en día se producen.
A grandes rasgos le expondré la problemática de la cuestión con la intención de solucionar sus dudas.
En primer lugar decirle que al comprarla entre 2 personas, cada uno es propietario del 50% indiviso de la vivienda.
Supongo que el préstamo hipotecario también lo suscribirían entre los 2.
De manera que si uno de ustedes quisiera qudarse con el 100 % de la vivienda los pasos a seguir serían los siguientes:
1º Valoración del importe que debe recibir la persona que NO se queda con la casa:
a) Precio de la vivienda (tasación)
b) Descontar el importe de capital pendiente que falte por amortizar del préstamo hipotecario.
c) Dividir por 2 la cantidad resultante.
Ejemplo: Precio vivienda: 100
Pendiente de hipoteca: 80
100-80 = 20
20/2= 10.
La persona que se quede con el 100 % de la vivienda debería pagar al otro 10. (Ver también lo referente a la hipoteca al final del presente)
2º Transmisión del 50% de la vivienda.
Para que uno se quede con el 100% de la vivienda el otro debe transmitirle su 50 %.
Esto supondría, para poder inscribirlo en el registro de la propiedad; una escritura de compraventa del 50 %. Lo que conllevaría, los gastos notariales, registrales y los impuestos correspondientes (7% de transmisiones patrimoniales).
NOTA --> Este 7% se calcularía del 50% del valor del piso (que es lo que se transmite), el hecho de la existencia de la hipoteca, no afecta al impuesto porque como luego le detallaré afectará a la forma de pago.
3º y finalmente debe desaparecer del préstamo hipotecario la persona que NO se queda con la vivienda.
En resumen, la persona que se quede con la vivienda deberá, pagar a la otra persona el 50% de la diferencia resultante entre el precio de la vivienda y lo que quede de hipoteca.
Deberá escriturar la compraventa a su favor, liquidar los impuestos y por último subrogarse en la hipoteca asumiendo el 100% de la misma.
Ejemplo:
Si la vivienda vale 100 y hay una hipoteca de 80.
El que se quede con la vivienda comprará los 50 que no son suyos (que con sus 50 suman 100) y los pagará así:
10 pagando al que NO se queda con la vivienda. Y 40 subrogándose a la hipoteca para asumirla entera.
Espero haber solucionado sus dudas, de cualquier manera y para cualquier aclaración adicional, puede contactar con nuestro despacho en el 91.323.11.56
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Lo siento pero como explico en mi "curriculum", solo soy experto en temas de servidumbre de luces y vistas

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