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Querida amiga:
Es cierto que el tiempo máximo es de seis años. Puedes ejercitar tu derecho de acceso a dichos datos a ASNEF y así saber qué dudas exactamente son las que están inscritas. Si consideras que alguna no es conforme, puedes impugnarla.
UN saludo.

1 respuesta

Respuesta
No. La deudas personales, salvo que los contratos establezcan otras cosas, prescriben a los 15 años.
Sin embargo, a los seis te tienen que borrar de ASNEF y por tanto, no aparecerás en las listas de morosos, aunque el acreedor pordrá reclamarte la deuda.

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