Comunidad propietarios

El 06/09/2004 me compre un apartamento y a la semana siguiente pusieron una nota informativa que decía:se ruega a los sres propietarios que ingresen 600 euros tal como se acordó en la ultima reunión(ultima runion abril-mayo 2004)voy a hablar con la secretaria(muy amiga de la ex dueña de mi apartamento)y me dice que lo tengo que pagar yo puesto que ella ya había firmado un papel a favor de la antigua propietaria en como no debía nada(papel entregado al notario el día de la compra)¿Puedo reclamar la devolución de los 600 euros que pague? Creo que ha sido un trato de favor entre las dos puesto que ya habían quedado los de la comunidad en pagar los 600 euros entre mayo y octubre fecha en que se hizo el arreglo del tejado(600 euros)¿Qué puedo hacer?

1 respuesta

Respuesta
1
Entiendo que si la derrama se acordó antes de la firma de la escritura y la administradora certificó que estaba al corriente o bien es porque la anterior propietaria ya había pagado la derrama o bien la secretaria emitió un certificado falso.
En cualquier caso el certificado que se aporta a la escritura es una garantía para el comprador a quien no se le pueden reclamar derramas acordadas antes de su escritura pero si se produjera una reclamación de la comunidad y prosperara judicialmente (cosa que veo difícil a la vista del certificado) Vd. tendría todo el derecho a reclamar contra la vendedora ya que era la propietaria cuando se acordó la derrama.
Puedo reclamar a la secretaria los 600 euros por haber firmado el documento sin haberse abonado la cuota.
Más bien puedes utilizar ese certificado para defenderte en caso de que la comunidad te reclame y amenazar a la administradora de que si el Juzgado te obliga a pagar le reclamarás el importe.
Lo ideal es convencer a la comunidad para que vayan contra la vendedora que es quien debe pagar la derrama
El problema es que yo ya he pagado los 600 euros y lo que quiero saber es si tengo alguna opción de que me los devuelvan.
Sí, debes reclamarlos a la vendedora porque era la propitaria cuando se acordó la derrama y/o a la administradora, como responsabilidad civil, por emitir un certificado diciendo que estaba al corriente.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas