¿Tenemos los nietos algún derecho?

Somos 5 hermanos-as que le agradeceríamos nos informara del siguiente asunto:
Recientemente murió nuestra abuela y deja como herencia la vivienda familiar que es también una panadería. Mi abuelo, que murió hace años y ella hicieron el testamento del "uno para el otro" y dejaban como herederos a sus hijos a partes iguales.
El problema es que nos hemos enterado de que nuestro tío le ofrecía a mi padre una cantidad que no era ni la mitad de lo que puede estar valorada la propiedad .
A esto hay que añadir que nosotros no tenemos buena relación con mi padre (es más padre biológico que un verdadero padre desgraciadamente), de él tememos que si le da mi tío, aprovechándose de que conoce bien sus debilidades, dinero en efectivo, posiblemente le de su parte y no veremos nada. Tengo que aclarar que la verdadera heredera sería nuestra madre, pero ella está dominada por nuestro padre.
Otra aclaración es que si se pagara el verdadero precio según el mercado de esa propiedad mi tío no tiene ese dinero ni en pintura, ni le darían créditos ya que es una persona jubilada desde este año. También tenemos que decir está haciendo uso de ese inmueble como negocio para ventas de productos al público.
La primera pregunta es:
¿Tiene mi tío derecho a quedarse con esa propiedad ofreciendo una ridícula cantidad de dinero?.
La otra pregunta es:
¿Tenemos los nietos algún derecho sobre la herencia o recurso legal para impedir que se venda mal la propiedad ( en este caso a mi tío)o que el dinero pase directamente a mi padre? .
¿Nos corresponde algún porcentaje de la herencia? ¿En este caso obligaría a hacer una valoración por un experto de la propiedad?. Ya sé que son muchas preguntas, pero nuestra ignorancia de estos temas es total.

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El único legitimado para reclamar la cuota parte que le corresponde al partir la herencia es el heredero, en este caso su padre. Vds. como nietos no tienen derechos, salvo que así fuese establecido en su día en el testamento. Su padre será quien deba impugnar la partición hereditaria realizada en su perjuicio.
Para más información
Angel Palomino
www.palominoabogados.com
Gracias, ha sido de gran ayuda y nos ha aclarado dudas.
En ese caso, siendo su madre legítima heredera será quien al heredar (siempre privativamente) podrá impugnar la partición realizada.
Rogamos disculpen el error.

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