Divorcio

Antes que nada un saludo.
Espero puedas ayudarme con lo siguiente:vivo en el municipio de ecatepec en el edo. De mex. El año anterior mi esposa demando el divorcio necesario por diversas causales, pero resulto que no probo ninguna de ellas y como yo también deseaba divorciarme hicimos un convenio y me allane a una de las causales, pero a pesar de eso no se dio el divorcio, eso si me quitan pensión para ella (ya que no hay hijos menores).
Entonces convenimos los dos en divorciarnos de común acuerdo, ahora según lo que yo entendí leyendo tanto en el código civil como en el código de procedimientos civiles se puede hacer por propio derecho sin necesidad de un licenciado, como podrás comprender fue desgastante desde el punto de vista económico, pero me presente en el juzgado y me dicen que tengo que hacerlo a través de un licenciado.
Quisiera por favor que me dijeras si eso es verdad y yo entendí mal el código o en su defecto que debo de hacer (porque el abogado cobra muy caro)
Agradezco de antemano tu atención

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Existen el Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, los siguientes artículos:
Patrocinio de Licenciado en Derecho
Artículo 1.93.- Todo interesado en cualquier actividad judicial debe tener el patrocinio de un Licenciado en Derecho o su equivalente con titulo y cédula de ejercicio profesional legalmente expedidos.
Autorización de las promociones
Artículo 1.94.- Los Licenciados en Derecho autorizarán con su firma toda promoción escrita o verbal de sus clientes. Sin ese requisito, no se les dará curso.
Por eso, deben tener Abogado en esa entidad, pero en el DIF les pueden proporcionar el servicio y los honorarios no son tal altos, inténtalo para ver si te es conveniente.

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