Inquilino moroso.

Hola, tengo problemas con un inquilino el cual a día de hoy, 20 de junio, no me ha pagado el alquiler y hablando con gente que los conoce me han dicho que ya lo han hecho varias veces, o sea, que son profesionales de esto, mi preguntas son las siguientes, ¿cuántas mensualidades sin cobrar tengo que esperar para poder denunciarlos? He hablado con varias inmobiliarias y unos dicen 2 otros 3 meses, pero en la ley de arrendamientos urbanos no dice nada de meses ¿al juicio tengo que ir con abogado y procurador? ¿Quién corre con todos los gastos del juicio? ¿Se pueden dar por insolventes teniendo trabajo y coche? ¿Hay la posibilidad de embargarles? He estado mirando la ley de arrendamientos urbanos, el código civil y penal pero no he encontrado los artículos que me pueden interesar ¿alguien los sabe?
Perdonen las molestias.
Juan

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No hace falta que deba ni dos ni tres, ya puedes poner el desahucio por falta de pago, porque entre la lentitud de los Juzgados, cuando haya sentencia (y con Agosto de por medio) ya te deberá 3 meses más, y si no te devuelve las llaves a las buenas, cuando vaya al Juzgado a echarle, te deberá 6 meses.
Tienes que ir con Abogado y Procurador, y si le condenan en costas, le embargas el sueldo, el coche, las cuentas en bancos, hasta cobrar la deuda, los intereses, y las costas de Abogado y Procurador.
El art. 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y el 38 y siguientes respecto del procedimiento.
Yo siempre interpongo acumuladas las acciones de desahucio y reclamación de rentas, porque si no tienes un juicio de desahucuio y otro de reclamación de rentas.
Los costes de abog. Y proc. Según Colegio de Abogados de Zaragoza te suele costar el doble de una mensualidad. Aunque los recuperas si le pillas una cuenta bancaria o una nómina.

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