Objeto sin valor monetario

Objeto sin valor monetario
Hola, en mi familia tenemos un problema y es el siguiente:
Mis padres no hicieron testamento y al fallecer y repartir las cuatro cosas que tenían, nos encontramos con lo siguiente:
Somos cuatro hermanos, de los cuales uno ha fallecido, según tengo entendido por ley, la herencia de este hermano fallecido pasaría directamente a su hijo ( que tendría el mismo derecho que cualquier otro hermano vivo), hasta este punto todos los hermanos estamos de acuerdo. El problema viene a la hora de repartir los objetos personales y sin valor monetario.
Mi pregunta es la siguiente:
Para la repartición de estos objetos personales de mis padres y sin ningún valor monetario, también tendría el mismo derecho el hijo de mi hermano fallecido o por el contrario estos objetos se repartirían solo entre los hermanos vivos.
El hijo de mi hermano fallecido nos comenta que tiene el mismo derecho, y mi hermana la mayor dice que no, que los objetos personales los primeros que tienen derecho son los hijos vivos.
Lo absurdo del tema es que todo el problema viene por una simple caja de madera que hizo mi padre.
Espero que vuestra respuesta nos ayude a solucionar el problema tan absurdo que tenemos y que nos esta dando un montón de quebraderos de cabeza.
Muchísimas gracias de antemano
Respuesta
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Ese tipo de bienes que tienen valor afectivo más que económico en ocasiones generan ciertos conflictos de difícil solución. Todos los herederos, su sobrino lo es en sustitución de su padre fallecido, tiene el mismo derecho que el resto. La única solución que suele funcionar en estos casos es hacer de común acuerdo lotes y sortearlos.
Muchas gracias por tu información, me ha sido de gran utilidad.
Pero me gustaría saber si existe una ley escrita sobre este tema, ya que mi hermana insiste que ante la ley, ella tiene más derecho que mi sobrino ( No le entra en la cabeza que mi sobrino actúa en sustitución de su padre y no como sobrino real, que entonces si tendría razón ).
Gracias de antemano y espero que exista dicha ley...
Un saludo
No, no existe ninguna Ley en el sentido que desea su hermana. Es el Código Civil en donde se recoge lo relativo a las herencias sin testamento en los artículos 912 y siguientes y de modo especial en 930 a 934 que regula la sucesión de padres a hijos. Para obtener dichos artículos busque en Google "código civil español".

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