Cultivo de cannabis

Hola.
Me gustaría saber hasta qué punto es legal el cultivo de cannabis para el autoconsumo. Es decir, si viene dado por el número de plantas que cultive, o si sencillamente por el hecho de cultivarlas ya es ilegal, etc.
Gracias de antemano.

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Últimamente se ha puesto de moda creer que cuando se cultiva en pequeña medida se entiende que es para autoconsumo y bien podría defenderse así si no fuese porque la Ley Penal no establece ningún criterio numérico o cuantitativo sobre esta materia. El art. 368 C.P. es claro. Los que ejecuten actos de CULTIVO, elaboración o tráfico...(ten en cuenta que la disyuntiva supone que no ha de ser las tres cosas sino que basta con cualquier hecho)... prisión de 3 a 9 años y multa (si se trata de sustancias o productos que causen grave daño a la salud) y de prisión de 1 a 3 años y multa en los demás casos. En tu caso, a efectos jurisprudenciales, los derivados de haschis o cáñamo están entre los segundos. Arriesgas prisión de 1 a 3 años y multa. Se que hay presuiones sociales para legalizar el autocultivo para autoconsumo pero no está regulado ni siquiera en casos de enfermedad. Ya lo sabes, ahora tuya es la decisión.

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