Piso en herencia y sucesiones

Muy buenas, ¿si un piso está también a nombre de un hijo de los propietarios? En caso de fallecimiento de los padres ¿se debería pagar también el impuesto de sucesiones?
Gracias

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El Impuesto de Sucesiones es uno de los cedidos a las Comunidades Autónomas, por lo que tiene variaciones según cuál sea la CA, pero en general se puede decir.: El Impuesto de Sucesiuones sólo grava la parte del piso que pertenece al padre o padres difuntos, no la del hijo. Existe un mínmo exento, que no paga, ¿qué suele rondar los 50.000?, y normas autonómicas según las cuales se bonifica en un 90%, más o menos, la Base Imponible del inmueble que haya constituido la vivienda habitual del difunto, y más si va a constituir la del heredero.

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