Sobre un embargo

Saludos. Os cuento mi problema que me tiene desesperado, a ver si podéis ayudarme.
Esta mañana ha venido a mi casa una chica de una agencia inmobiliaria. Dice que la mandaba el juzgado, que iba a tasarla porque la habían embargado. Yo no me lo podía creer, porque no tengo ninguna deuda pendiente, pero en la hoja que traía (parecía una escritura, pero no se lo que era) ponía mi dirección. Sin embargo, la casa venia a nombre de otra persona.
El caso es que lo la deje pasar, y ella me recomendó que fuese al registro de la propiedad a ver si tenia todo en orden. He ido, y esta todo en orden, sin embargo, les he pedido que consultaran las propiedades de la persona que venia en la hoja que traía la chica, y efectivamente viene como propietaria de mi casa y con un embargo encima.
Investigando un poco por mi cuenta, se da la circunstancia de que esa persona vive en el portal de al lado. Hace un tiempo cambiaron la numeración de mi calle, y que antes su portal tenia el numero que tiene el mio ahora y coincidimos en el piso (osea, que si yo vivo en el numero 3 1ºA y ella en el numero 5 1ºA, antes del cambio mi piso era el numero 1 1ºA y el de ella el numero 3 1ºA).
Total, que yo en el registro aparezco con mi dirección actual, pero ella con su dirección antigua, y ambas coinciden pero son diferentes casas.
En el registro me han dicho que no me preocupe, que yo tengo las escrituras y todo en orden, pero claro, ahí hay un embargo pendiente y yo estoy preocupado por si me va a afectar, lo mismo algún día se presentan en mi casa con una orden de embargo, o desahucio, o algo así.
Por eso, os pediría si me pudierais ayudar en que debo de hacer, si ponerlo en manos de algún abogado o alguna cosa.
Espero vuestra respuesta, muchas gracia spor anticipado.
Un saludo

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Normalmente los embargos se efectúan por numero de finca registral y no por calle y numero como me está diciendo. Además en el caso en que la finca que vaya a ser embargada se encuentre a nombre de una tercera persona ajena al pleito como sería su caso, lo normal es que el Registrador no anote el embargo. Por lo que algo no me cuadra de lo que está Vd exponiendo.
Lo primero que debe hacer es solicitar una nota simple de su finca (el numero registrar que sea, independientemente de la modificación del numero de calle) y averiguar si sobre ella consta trabado algún embargo. Si hubiera un embargo anotado como consecuencia del pleito que tiene su vecina se trataría sin duda de un error, que puede ser subsanado dirigiéndose al Juzgado. Aunque me da la sensación que lo que de verdad ha pasado es que Vd. no tendrá anotado ningún embargo sobre su finca, y la tasadora ha sido la que se ha confundido de casa.
En lo sucesivo no permita la entrada a la vivienda a ninguna persona desconocida. Aunque fuera Vd. el deudor, no es necesario entrar en la vivienda para emitir un informe pericial sobre el valor de la vivienda para sacar a subasta.
Espero haberle ayudado.
Cristina
[email protected]
Saludos de nuevo.
Como usted comenta, acudí al registro, donde me indicaron que sobre mi finca no pesaba ningún embargo. Sin embargo, sobre la de mi vecina si, el problema es que en el registro en ambas consta la misma dirección (calle, numero y piso, aunque sean diferentes fincas, imagino que el numero de finca que me indica sera diferente) por el motivo que le comente del cambio de numeración en la calle.
El piso de mi vecina sera del año 75, e imagino que por aquella fecha le correspondería ese numero de calle (numero 3) y desde entonces no se habrán modificado ni escrituras ni registro. Mi piso también es de esa fecha, pero yo le compre de segunda mano hace 10 años y en mis escrituras figura también el numero antiguo (numero 1) y entre paréntesis el nuevo (numero 3), es decir, pone algo similar a que la finca esta "sita en la calle xx numero 1 (AHORA TRES)".
Por ese motivo, en el registro de la vivienda de mi vecina figura como dirección la mía actual, y por eso la tasadora ha venido a mi casa, por lo que me imagino que el error vendrá al haber tomado los datos de la finca del registro, sin tener en cuenta el cambio de numeración de la calle.
Yo lo que tendo mis reticencias, y por eso le pido una aclaración, es por si esa vivienda se embarga y sale a subasta. En ese caso, que se embargaría y se sacaría a subasta, la vivienda que esta en tal calle y tal numero, ¿o la vivienda en base a su referencia catastral? Yo lo que no quiero es encontrarme un día a alguien con una orden del juzgado diciendo que debo desalojar mi casa o cualquier otra circunstancia, y tener que andar dándole explicaciones de que esa vivienda no es la del embargo, que es la del portal de al lado y esas cosas.
Espero su respuesto y muchas gracias por dedicarme su tiempo.
Un saludo.
El dato verdaderamente vinculante para sacar una finca a subasta no es ni la referencia catastral ni el numero y calle que tenga, sino el numero de finca registral. Que es el numero con el que está registrado en el REgistro de la Propiedad, tomo, página y Registro correspondiente. Solo se da un numero por finca, por lo que no es posible que se pueda confundir con la suya, aunque ahora tenga Vd. el mismo numero en la calle, nada tiene que ver a efectos de subasta.

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