Rescisión de Contratos
Quisiera preguntarle sobre un tema de unos contratos. Ya le hice preguntas en alguna ocasión y me han sido de grata ayuda.
El problema es :
Imagínese, yo soy una multinacional y vendo 3 maquinas. A parte de ese contrato de venta, totalmente aparte, se hacen 3 contratos de asistencia técnica para cada una de las maquinas.
Resulta que una de las maquinas se hacen los pagos perfectamente todos los meses, pero de las otras dos no se vienen efectuando los pagos, por lo tanto yo, multinacional, tiro de NIF y le cancelo la asistencia técnica de esas tres maquinas. ¿Es legal lo que yo estoy haciendo? ¿Puedo retirar la asistencia técnica de las tres aunque una la haya pagado religiosamente todos los meses? ¿Debería anular solo la asistencia de esas dos maquinas que no se paga el contrato de asistencia?. Como podría saberlo, en donde viene recogido, ¿en el código civil o en donde?
Espero no molestarle mucho con mis preguntas. Es usted muy amable.
El problema es :
Imagínese, yo soy una multinacional y vendo 3 maquinas. A parte de ese contrato de venta, totalmente aparte, se hacen 3 contratos de asistencia técnica para cada una de las maquinas.
Resulta que una de las maquinas se hacen los pagos perfectamente todos los meses, pero de las otras dos no se vienen efectuando los pagos, por lo tanto yo, multinacional, tiro de NIF y le cancelo la asistencia técnica de esas tres maquinas. ¿Es legal lo que yo estoy haciendo? ¿Puedo retirar la asistencia técnica de las tres aunque una la haya pagado religiosamente todos los meses? ¿Debería anular solo la asistencia de esas dos maquinas que no se paga el contrato de asistencia?. Como podría saberlo, en donde viene recogido, ¿en el código civil o en donde?
Espero no molestarle mucho con mis preguntas. Es usted muy amable.
Respuesta de Blas ..
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