Dudas sobre un despido

Hace unos días hice una pregunta (consecuencias que puede tener una denuncia) sobre una denuncia puesta en inspección. Usted me informo de que si no me avisan del cambio de horario laboral con 15 días de antelación puedo pedir la rescisión del contrato con derecho a indemnización. En mi caso llevo así los tres meses que estuve trabajando en la empresa por lo cual me supuso una tensión muy grande ya que no podía tener mas vida que estar pendiente del teléfono y del trabajo, no podía hacer planes ni siquiera ir al dentista porque no sabia el horario que tenia nunca. Hoy me han dado la carta de despido ya que el día 30 se acaba mi contrato, me gustaría saber si puedo rescindir el contrato una vez recibida esta carta o sera mejor esperar y solicitar una indemnización después de que inspección vaya a la empresa. Yo puedo demostrar lo de los cambios de horario ya que me los comunicaban por whatsaap, pero me gustaría saber si una vez despedida aun puedo solicitar una indemnización aunque solo sea por los ocho días que me tocaría por despedido. También me gustaría saber si tengo derecho una indemnización por daños y perjuicios ya que tuve que coger una baja de dos días por estrés laboral.

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La extinción del contrato de trabajo (art 50 del ET) a consecuencia de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, con una indemnización de 20 días por año de servicio en la empresa y un máximo de 9 meses, o te la conceden cuando dicha modificación se lleva a efecto y tu solicitas la rescisión del contrato de trabajo a el, o los responsables de la empresa y este, o estos acceden a rescindir el contrato de trabajo con la indemnización señalada, o tiene que ser mediante una resolución judicial si la empresa se niega a rescindir el contrato de trabajo.. Por lo tanto cuando la empresa se opone a rescindirte el contrato de trabajo con la indemnización correspondiente a la modificación de las condiciones de trabajo, para que te puedas acoger al articulo 50 del ET y solicitar la rescisión del contrato por causa justa, tienes que interponer la demanda en el juzgado de lo social y esperar a la resolución judicial pero no la puedes solicitar cuando ya te han avisado de que no vas a continuar en la empresa por finalización del contrato de trabajo, la demanda la tenias que haber puesto en mientras estabas trabajando en la empresa para lo que se dispone se un plazo de 20 días a partir de la comunicación de la modificación de las condiciones de trabajo o de denunciar a la empresa a la inspección de trabajo cuando la empresa incumple la obligación de comunicar por escrito dicha modificación para que te respetaran las condiciones establecidas en el contrato de trabajo y si la empresa continuaba incumpliendo dichas condiciones, interponer la demanda en el juzgado de lo social para que un juez instara a la empresa a reponerte las condiciones establecidas en el contrato de trabajo.. En cuantos la indemnización por daños y perjuicios eso es algo que tiene que establecer un juez y para eso tendrías que demandar a la empresa ante el juzgado de lo social por daños y perjuicios y el juez sera quien determinaría si hay lugar a dicha indemnización... Lo mejor que puedes hacer es consultarlo con un sindicato o algún abogado laboralista por si se puede demandar a la empresa, y emprendan las acciones legales oportunas..

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