Liquidación SL

Tengo unas cuantas dudas en cuanto a los pasos a seguir para liquidar y disolver una SL.
Entiendo que habrá que pagar todas las deudas existentes y el remanente, si lo hay, repartirlo entre los socios.
Y después dar de baja a la SL en la actividad económica.
Pero, formalmente,:
¿La disolución (o cualquier otra circusntancia) hay que inscribirla en el registro mercantil?
¿La disolución de la SL se ha de articular a través de una escritura pública notarial?
¿Cuáles son los pasos a seguir ante Seguridad Social, Hacienda, Registro Mercantil, etc.?

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En primer lugar decirle que está en lo cierto, primero deben de saldar las deudas y el remanente se debe repartir entre los socios en función de sus participacines en la sociedad.
Esta disolución debe inscribirse en el registro mercantil después de haber hecho una escritura pública notarial de disolución, y además habrá que darse de baja en la seguridad social, actividades económicas, y pagar en hacienda los impuestos correspondientes al último ejercicio, y de cara al año que viene, los impuestos correspondientes, al periodo del ejercicio actual durante el cual haya seguido funcionando la sociedad.

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