Rectificación de obra
Hola,
Se trata de una finca de 24 pisos y dos tiendas. En régimen de propiedad horizontal, sin estatutos.
Hemos rehabilitado la fachada, con un proyecto técnico.
Iniciadas las obras el arquitecto decidió demoler completamente los balcones, y acordamos que informaría a la comisión de obras de la solución que adoptara. No lo hizo, ni ha pedido modificación en el permiso de obras.
Cuando me percaté de un error, avisé al arquitecto y al presidente, pero no atendieron.
Acabadas las obras, la comunidad no le da importancia al mencionado error, y mucho menos pensar en reclamarle a su arquitecto.
Error:
Normalmente el piso de los balcones sobresale de la baranda, por dos motivos al menos; evitar sensación de vértigo, y que las aguas viertan fuera del balcón que tienen debajo.
En este caso, el arquitecto ha dejado el canto del balcón unos 3 CMS dentro.
Consecuencias:
El agua de un balcón cae sobre la baranda del piso que tiene debajo, salpicando el interior.
No puedo reinstalar/atornillar el cerramiento de aluminio y cristal que había desde hace 25 años. Con ello he perdido esa franja de superficie útil.
¿Tengo derecho a que se rectifique?
¿Quién debe responder y pagar el gasto añadido?
¿Qué debo hacer?
Gracias
Se trata de una finca de 24 pisos y dos tiendas. En régimen de propiedad horizontal, sin estatutos.
Hemos rehabilitado la fachada, con un proyecto técnico.
Iniciadas las obras el arquitecto decidió demoler completamente los balcones, y acordamos que informaría a la comisión de obras de la solución que adoptara. No lo hizo, ni ha pedido modificación en el permiso de obras.
Cuando me percaté de un error, avisé al arquitecto y al presidente, pero no atendieron.
Acabadas las obras, la comunidad no le da importancia al mencionado error, y mucho menos pensar en reclamarle a su arquitecto.
Error:
Normalmente el piso de los balcones sobresale de la baranda, por dos motivos al menos; evitar sensación de vértigo, y que las aguas viertan fuera del balcón que tienen debajo.
En este caso, el arquitecto ha dejado el canto del balcón unos 3 CMS dentro.
Consecuencias:
El agua de un balcón cae sobre la baranda del piso que tiene debajo, salpicando el interior.
No puedo reinstalar/atornillar el cerramiento de aluminio y cristal que había desde hace 25 años. Con ello he perdido esa franja de superficie útil.
¿Tengo derecho a que se rectifique?
¿Quién debe responder y pagar el gasto añadido?
¿Qué debo hacer?
Gracias
Respuesta de letradito
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