Juicio de faltas

Buenos días:
Tengo un problema, el martes que viene tengo que presentarme en el juzgado de plaza de castilla por que me ha llegado una citación de juicio de faltas por vejaciones... La historia es la siguiente.
Mi novia compartió piso durante 3 meses más o menos son una chica, que nunca quiso hacerla contrato de alquiler de habitación. Cuando la dijo que nos íbamos a vivir juntos se cabreo bastante y monto un pollo y encima no quiso devolverla la señal que entrego en su día de 270 euros.
Yo cometí el error de tomarme la justicia por mi mano y puse una anuncio en internet, en el que decía que era un poco guarra y que la podían llamar si querían...
Total, que llego la denuncia... La verdad es que no se por donde empezar, todo son dudas.
¿Abogado, qué sanción? ¿Cárcel? Lo cierto es que estoy bastante preocupado.por favor, espero respuesta.
Mil gracias

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En primer lugar, si usted nunca dejó sus datos al registrar el anuncio, y en el juicio declara que no lo hizo, no habrá pruebas de que es usted el responsable de ese anuncio.
Por otra parte, la denuncia se tramita como juicio de faltas por una falta de vejaciones, que el artículo 620 del Código Penal castiga con pena de multa de 10 a 20 días.
La pena multa consiste en la imposición de una cantidad diaria proporcional a los ingresos del reo (por lo que es muy importante que demuestre que gana cuanto menos, mejor). La cantidad media suele rondar 5 euros por día, que se multiplica por el número de días.
En caso de impago de la pena de multa se aplica la regla de arresto sustitutorio de un día de prisión por cada 2 cuotas impagadas, según el artículo 53 del Código Penal. Y esta regla se aplica con independencia de la remisión condicional de las penas de prisión no superiores a dos años, porque en su caso la pena es de un mes de multa, no de prisión y, en caso de aplicarse la responsabilidad personal por impago, no cabe la sustitución de una pena que ya es sustitutoria de otra (art. 88.3 del Código Penal).
En definitiva, que no tiene usted por qué preocuparse porque en el peor de los casos le impondrán una pequeña multa y no tendrá antecedentes de ningún tipo.
En cuanto a la necesidad de acudir con abogado, no es necesario al tratarse de un juicio de faltas, pero personalmente estimo que siempre es recomendable ir a juicio debidamente asistido de un abogado de su confianza. La decisión es suya
Buenos días,
Lo primero, agradecer tu atención y tu rapidez, me ha quedado todo muy claro. Pero me surge una pequeña duda:En caso de tener que paga esa multa, ¿cómo se hará efectivo el pago? ¿Según finalice el juicio o tengo un plazo... o cada día tendré que ingresar una cantidad en la cuenta de la denunciante?
Se a ciencia cierta que tendré que pagar la multa por que realmente la denunciada fue mi novia, y al personarse en la comisaria dijo que no había sido ella, los agentes dijeron que investiarian y lógicamente el hecho de vivir con esa incertidumbre y para que a ella no la pasara nada por haber mentido, fui yo a la comisaria y "me entregue". Por lo que el juicio es contra mi persona.
De nuevo, agradecer su labor desinteresada ayudando a la gente.
No se preocupe, después del juicio (quizá varias semanas después) le mendarán una carta para que se presente en el Juzgado, donde le requerirán para el cumplimiento de la Sentencia. Entonces puede usted ir al banco a pagar el total de la multa sin más o solicitar un fraccionamiento del pago al Juzgado, que resolverá su solicitud en pocos días.
Si puede usted, mi consejo es que pague la multa de una vez y se olvide del asunto.
De nuevo, agradecer su atención y sin duda recomendar como experto.
Mil gracias.Un saludo!
Como ya le dije, me ha sido de muchísima ayuda su consejo. Creo que hace una buenísima labor.por favor, siga así.
Muchísimas gracias

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