Marino mercante

Hice la carrera de la marina mercante especialidad de máquinas, ejerciendo mi actividad profesional y superandop los correspopndientes exámenes hasta obtener el titulo de Oficial de Máquinas de la Marina Mercante de Primera Clase (que en la catualidad lo Expide el Ministerio de Fomento, después de obtener el actual Titulo de Diplomado en Máquinas Navales y haber ejercido la profesión como Oficial de máquinas de la Marina Mercante de 2ª clase durante el tiempo estipulado)
Ejercí mi profesión navegando en diversos buque mercantes de la Marina Española, desde los 18 años de edad (alumno de máquinas) hasta los 28 años de edad. Todos los periodos de embarque y desembarque de cada buque (por vaciones u otras causas) figuran registrados en mi Libreta de Inscripción Marítima que aún conservo.
A partir de los 28 años comencé a trabajar en tierra, en una multinacional química en la que aún sigo Al principio, como responsable de una planta de producción de energías y, posteriormente, tras superar los correspondientes cursos universitarios de especialización, soy responsable de gestión del medio ambiente e implantación y seguimiento de la norma UNE-EN-ISO 14001.
Mi edad actual es de 53 años y cabe la posibilidad de que en la empresa se potencien las jubilaciones anticipadas que tanto están de moda en este tipo de empresas. Solicité a la Seguridad social sobre 'mi informe de vida laboral ' Me lo enviaron y, a pesar de que en el mismo figuran 1.779 días de cotización acreditados en el régimen especial del mar (Instituto Social de la Marina), no figura ninguna reducción de la edad de jubilación por las navegaciones efectuadadas (casi todas ellas de altura o gran altura)
Creo que existe legislación para los trabajadores que ejercen o han ejercido mi profesión, según la cual, dependiendo de los días de navegación efectuados y el tipo de navegación realizada, tenemos derecho a una reducción de la edad de jubilación que puede llegar hasta el 50% de los días navegados. Según consta en mi libreta de Inscripción Marítima, estuve embarcado aproximadamente 1.600 días, pero si tal y como me han comentado, también cuentan los peridos de desembarque por vacaciones, los días a computar serían muchos más.
¿Qué pasos tendría que dar para conseguir que la Seguridad Social admita este derecho y determine cuanta reducción de la edad de jubilación me corresponde?

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Respuesta
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La pregunta está correctamente formulada y sin embargo, incide en un error de base:
Los coeficientes reductores por navegación en alta mar sólo son de aplicación cuando la jubilación anticipada (o la normal) se solicita a través del Régimen Especial de la Marina Mercante. Y en su caso, su pertenencia al sector químico, le incluye en el ámbito del Régimen General, pues es en él en el que acredita mayor número de cotizaciones. En esta materia, rige un RD específico, del año 99, cuyo texto le puedo facilitar, que precisamente establece esos requisitos para el cómuto recíproco, y la obligatoriedad de solicitar las prestaciones en el régimen en el que se acrediten mayores.

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