Finca mal catastrada

Mi problema radica en una finca mal catastrada y pretendo catastrarla bien. Por ello, me puse en contacto con Catastro para solventar el error y al contactar con mi colindante, se negó en rotundo a hacer cambios. Me puse en contacto con mi colindante y dijo que no visitaba tal finca desde pequeña(tiene 42 años), sin tener intenciones de hacerlo ahora. Por lo que la vía amistosa se me va agotando, pese a que estoy ejerciendo la posesión(la gradeo y la labro), por lo que intento agotar todas las posibilidades de la forma más económica, surgiéndome algunas dudas, ya que la finca está amojonada desde hace más de 40 años y tal amojonamiento coincide con la escritura.
¿Qué organismo oficial puede verificar "in situ" la posición del amojonamiento para poder corregirlo en catastro de forma económica?
¿Sería competencia del Municipio comprobar tal circunstancia?
¿Alambrar dicha linde, acarrea respetar una distancia con respecto al mojón?
¿Negarse a comprobar que una finca está mal catastrada es incumplimiento de alguna norma o ley?
¿Qué consejo puedo recibir de Vd. Para tal circunstancia y no acudir a los abogados?

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Tiene la posibilidad de presentar una instancia con su escritura e indicar en el plano del catastro cuales son las parcelas del polígono que afectan a su finca, solicitar el cambio y el Organismo le pondrá un escrito al interesado.
(En el caso de su vecina lo que Vd. trata de hacer una acción de deslinde y si se niega voluntariamente tendría que meterla en el Juzgado. A lo mejor un requerimiento notarial previo la ablanda un poco pero yo probaría antes el anterior sistema que es gratis)
Hay otro camino lo que ocurre es que no sé lo que puede costar, tendría que hablar con el Notario. Se llama acta de notoriedad y el notario le acompaña a la finca comprueba que existen los mojones, que los linderos coinciden con la escritura y que Vd. la está arando, es decir, que tiene la posesión de la finca. (No creo que cueste mucho más de doscientos euros incluyendo fotografías de la finca) pero antes de hacerlo me iría al catastro, explicaría la situación y lo que quiero hacer para ver si el sistema es suficiente para ellos. (No existe un criterio normalizado y en cada sitio exigen diferentes requisitos. A mí en algunas ocasiones me ha bastado con la escritura de propiedad para que modifiquen el catastro).
Por otra parte, el que el catastro no esté bien no significa que pierda su propiedad, el catastro solo sirve para que nos giren los impuestos a nuestro nombre, pero al menos acredita que si tengo escrituras y pago impuestos el terreno es mío, así que hace bien en actualizarlo, máxime si está cogiendo valor y puede tener en el futuro alguna persepctiva urbanística.
¿Sería útil la solicitud, de la presencia del alguacil municipal, para verificar el error del catastro?
¿Podría ser justo, solicitar al Ayuntamiento un informe municipal?
¿Tienen competencia los ayuntamientos en tales circunstancias?
Saludos
Si el alguacil municipal comparece mucho, mucho mejor.
Ignoro si el Ayuntamiento le dará un informe indicando que loslinderos de su finca son lo que Vd. indica a efectos de modificación del catastro pero sería magnífico. Aunque creo que carecen de competencias para ello un informe del arquitecto señalando las lindes de la finca es un documento importante para discutir en el catastro.
Tiene Vd. buenas relaciones. Eso es importante.

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