¿Se puede recuperar el dinero de un contrato arras?

He realizado el pago de una suma importante de euros mediante, un contrato de arras, el cual especifica claramente que si por algún motivo ajeno al constructor, decidimos dar marcha atrás, perdemos el dinero.
Bien Hasta aquí..
Mi pregunta es:
1. Verbalmente, siempre se nos dice que el piso se entregara en fecha de enero año por,
El día de la firma del contrato, aparece como fecha d'entrega el mes septiembre mismo año, (8 meses más de lo pactado verbalmente), yo como comprador muestro mi desacuerdo, i consigo que el documento original sea rectificado con "(bolígrafo)" sustituyendo el mes de (Septiembre) por el pactado verbalmente "(ENERO)".
Este plazo no se ha cumplido, desconocemos los motivos del constructor
2 En el plano del piso adjuntado a la firma del contrato de arras, no se ajusta al resultado final del piso. Me explico:
El piso es un duplex muy pequeñito : el acceso a la planta superior, es mediante una escalera, situada en el salon; En el plano esta escalera aparece ajustada a una pared, con lo que la distribución del espacio restante en el salón, es coherente, pequeñito, pero suficiente:
Pues bien el resultado final es una escalera, que no esta del todo ajustada en la pared, lo cual modifica considerablemente el espacio, vital del salón (sobretodo teniendo en cuenta que hablamos de un piso pequeñito)
3 i último se incluye una puerta de más un sanitario sin que esta aparezca en el plano.
Tiene estas razones, peso suficiente, para solicitar nos sea devuelto el dinero de nuestros ahorros (es decir todo lo que teníamos).

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El argumento que veo más viable sería el del incumplimiento del plazo. Ese si que podría ser motivo para la devolución del dinero. Lo otro lo veo más accesorio y siempre se podría defender que por imperativo del arquitecto, o que supone una mejora.
De todas formas intenta llegar a un acuerdo que por malo que lo consideres será mejor que un buen pleito.
Gracias por su tiempo
Quería saber si aunque el contrato original en poder del constructor sea rectificado en bolígrafo (referente al mes de entrega) Se considera valida la rectificación.
Ya que ese fue el contrato que yo firme.
Muchas Gracias

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