Problemón contrato de arras
Firme un contrato de arras para comprar una casa. El vendedor a ido a notaría y ha depositado el doble de la señal para que yo la retire y da por resuelto el contrato. ¿Puedo obligarle a que lo cumpla?
Esto es lo que firmamos:
Contrato de arras
(Lugar y fecha)
Reunidos:
(Comprador y vendedor)
Intervienen:
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho y, reconociéndose capacidad suficiente para el otorgamiento del presente contrato,
Exponen:
( Datos vivienda)
ARRENDAMIENTO. = Libre de arrendamientos y de ocupantes. ----------------------
CARGAS. = Se encuentra libre de cargas y gravámenes. ----------------------------------
Estipulaciones
PRIMERA . - D. XXXXXXXXXXXXXXXXX tiene convenida la futura venta de la finca antes descrita a D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
SEGUNDA . - Consiste el precio de la futura enajenación en la cantidad de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS (138.232 euros). -------
Dicho precio de venta se hará efectivo de la siguiente forma:
3.000 euros (tres mil euros), confiesa la parte vendedora haberla recibido en metálico en este acto, en concepto de señal y pago parcial anticipado a cuenta del precio total pactado, de manos de la parte compradora.
El resto del precio 135.232 euros ( ciento treinta y cinco mil doscientos treinta y dos euros), queda aplazado para ser hecho efectivo por la parte compradora en el momento de formalización de la escritura pública de compraventa, el cual deberá tener lugar como fecha máxima el 15 de septiembre de 2004, notificando con al menos un mes de antelación, la parte vendedora a la compradora, la fecha de la firma de escritura pública.
TERCERA. - Las partes contratantes pactan lo siguiente:
- Si la parte compradora incumpliese su compromiso de pago al vencimiento estipulado (15.09.2004), se resolverá de pleno derecho la compraventa a que esta escritura se refiere, quedando en poder de la vendedora la cantidad ya entregada (3.000 euros), en concepto de indemnización.
- Si la parte vendedora incumpliese su compromiso de venta a la mencionada fecha (15.09.2004), los compradores recibirán como indemnización la cantidad de 6.000 euros, equivalente al duplo de la cantidad inicialmente entregada.
- El acto de otorgamiento de escritura pública tendrá lugar en la Notaría XXXXXXX, situada XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
CUARTA. - La parte vendedora se compromete a transmitir la finca libre de cargas.
SEXTA. - Ambas partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de XXXXXXXXXXX, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Y en prueba de conformidad con todo lo que antecede, las partes firman el presente contrato por duplicado y a un solo efecto en la ciudad y fecha ut-supra.
PARTE VENDEDORA PARTE COMPRADORA
Esto es lo que firmamos:
Contrato de arras
(Lugar y fecha)
Reunidos:
(Comprador y vendedor)
Intervienen:
Ambas partes actúan en su propio nombre y derecho y, reconociéndose capacidad suficiente para el otorgamiento del presente contrato,
Exponen:
( Datos vivienda)
ARRENDAMIENTO. = Libre de arrendamientos y de ocupantes. ----------------------
CARGAS. = Se encuentra libre de cargas y gravámenes. ----------------------------------
Estipulaciones
PRIMERA . - D. XXXXXXXXXXXXXXXXX tiene convenida la futura venta de la finca antes descrita a D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
SEGUNDA . - Consiste el precio de la futura enajenación en la cantidad de CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS (138.232 euros). -------
Dicho precio de venta se hará efectivo de la siguiente forma:
3.000 euros (tres mil euros), confiesa la parte vendedora haberla recibido en metálico en este acto, en concepto de señal y pago parcial anticipado a cuenta del precio total pactado, de manos de la parte compradora.
El resto del precio 135.232 euros ( ciento treinta y cinco mil doscientos treinta y dos euros), queda aplazado para ser hecho efectivo por la parte compradora en el momento de formalización de la escritura pública de compraventa, el cual deberá tener lugar como fecha máxima el 15 de septiembre de 2004, notificando con al menos un mes de antelación, la parte vendedora a la compradora, la fecha de la firma de escritura pública.
TERCERA. - Las partes contratantes pactan lo siguiente:
- Si la parte compradora incumpliese su compromiso de pago al vencimiento estipulado (15.09.2004), se resolverá de pleno derecho la compraventa a que esta escritura se refiere, quedando en poder de la vendedora la cantidad ya entregada (3.000 euros), en concepto de indemnización.
- Si la parte vendedora incumpliese su compromiso de venta a la mencionada fecha (15.09.2004), los compradores recibirán como indemnización la cantidad de 6.000 euros, equivalente al duplo de la cantidad inicialmente entregada.
- El acto de otorgamiento de escritura pública tendrá lugar en la Notaría XXXXXXX, situada XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
CUARTA. - La parte vendedora se compromete a transmitir la finca libre de cargas.
SEXTA. - Ambas partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de XXXXXXXXXXX, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Y en prueba de conformidad con todo lo que antecede, las partes firman el presente contrato por duplicado y a un solo efecto en la ciudad y fecha ut-supra.
PARTE VENDEDORA PARTE COMPRADORA
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