Cuidado de padres

Buenos días, mi cliente cuida de su madre desde hace años sin ayuda de sus hermanos. Podría reclamar legalmente, vía civil o penal a sus hermanos la obligación de ocuparse de su madre anciana; ¿Y a nivel económico?
Esta posee una pensión de viudedad, ¿con dicha pensión nada puede alegarse respecto a la obligación de prestar alimentos no?
Gracias

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Como bien dices si la pensión es suficiente para cubrir sus gastos, no puede reclamar nada. La pensión de alimentos es para el caso que con la pensión no pueden cubrirse sus gastos. Esto es, si por ejemplo necesitase un tratamiento de rehabilitación que se le ha prescrito y no puede pagarse con la pensión, puede reclamarse a los hermanos, pero de otra forma no.

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